VARGAS, CARLOS SAUL s/INHABILITACIÓN (ART. 3 CEN)
Trámite de inhabilitación electoral contra Carlos Saúl Vargas por condena a 10 años de prisión. El Juzgado Federal inhabilitó a Vargas para el ejercicio de sus derechos electorales hasta el 21/10/2036 y lo excluyó del Subregistro Electoral, incorporándolo al Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos.
¿Quién es el actor?
Secretaría Electoral de este Juzgado Federal / Juzgado de Ejecución de la Primera Circunscripción de la Provincia de La Pampa (oficio remitente).
¿A quién se demanda?
VARGAS, CARLOS SAUL, matrícula N° 35.131.053.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Procedimiento de inhabilitación electoral en virtud del artículo 3 del Código Electoral Nacional (CEN), por la condena penal y el cómputo de pena informado por el Juzgado de Ejecución.
¿Qué se resolvió?
El Juzgado Federal resolvió inhabilitar a Carlos Saúl Vargas para el ejercicio de sus derechos electorales hasta el 21/10/2036 y excluirlo del Subregistro Electoral del Distrito e incorporarlo al Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las presentes actuaciones reconocen su origen con el Oficio de comunicación de sentencia que luce agregado a fs. 1 remitido por Juzgado de Ejecución de la Primera Circunscripción de la Provincia de La Pampa, por la cual se condenó al ciudadano VARGAS, CARLOS SAUL, matrícula N° 35.131.053 a la pena de 10 años de prisión. Que en virtud del cómputo de pena informado en el Oficio aludido, corresponde asentar dicha inhabilitación en el Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito (arts. 3 y 4 CEN), hasta el día 21 de octubre de 2036. En mérito de lo expuesto, RESUELVO: 1°) INHABILITAR a VARGAS, CARLOS SAUL, matrícula N° 35.131.053 para el ejercicio de sus derechos electorales hasta el 21/10/2036. 2°) EXCLUIRLO del Subregistro Electoral del Distrito (art. 3 inc. “e” del C.E.N.) e incorporarlo al Subregistro de Electores Inhabilitados y Excluidos del Distrito. Regístrese, notifíquese, publíquese, cúmplase archívese."
No se registran votos en disidencia.
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