MANCILLA FLORES, JHONNY s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA
Solicitud de carta de ciudadanía de Jhonny Mancilla Flores; el Juzgado Civil y Comercial Federal N°10 declaró concedida la ciudadanía argentina y ordenó expedir la carta de ciudadanía, con apercibimiento de enrolamiento en un año. La sentencia constató ausencia de impedimentos legales y situación migratoria regular del peticionario.
¿Quién es el actor?
JHONNY MANCILLA FLORES.
¿A quién se demanda?
Trámite dirigido ante el Juzgado Civil y Comercial Federal N°10 para obtención de la carta de ciudadanía (actuación frente al Estado/autoridades competentes).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Solicitud de concesión de la ciudadanía argentina y expedición de la carta de ciudadanía.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la solicitud y se declaró ciudadano argentino a JHONNY MANCILLA FLORES, disponiéndose la expedición del título respectivo, la comunicación a autoridades competentes (Registro Nacional de las Personas, Cámara Nacional Electoral, Dirección Nacional de Migraciones) y haciendo saber al interesado la obligación de enrolarse dentro del plazo de un año; asimismo se advirtió sobre la posible pérdida de la nacionalidad anterior y la eventual cancelación por fraude u ocultamiento conforme al Decreto 3213/84.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I.- En primer lugar, corresponde analizar, teniendo en cuenta las diversas contestaciones de oficios agregadas en la causa, si el peticionario se encuentra comprendido en alguna de las causales que le impidan obtener el honor de la ciudadanía argentina (conf. art. 5 del decreto 3213/84). En este sentido, de las constancias arrimadas al proceso no se advierte la existencia de obstáculos que puedan frustrar la petición del interesado. Por otro lado, goza de una situación migratoria regular, no existiendo constancia alguna de variación de dicho estado migratorio."
"II.- Por lo expuesto precedentemente, cabe concluir que el peticionario reúne las condiciones prescriptas por la Constitución Nacional, por la ley 346 -y sus modificatorias- para la incorporación de extranjeros a la ciudadanía argentina, y atento la expresa manifestación de voluntad prestada por quien peticiona,"
Se ordena en consecuencia: "1.- Declarar ciudadano argentino a JHONNY MANCILLA FLORES, nacido el 12 de febrero de 1967 ... a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que, bajo juramento, comprometa su fidelidad a la República Argentina, sus instituciones y a la Constitución Nacional, haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro del plazo de un (1) año, bajo apercibimiento de multa (conf. art. 35 de la ley 22435)."
No constan votos en disidencia en autos; la resolución es la que obra en la parte resolutiva final y constituye la decisión del tribunal.
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Leyes que cita
- Ley 346Ciudadania
- Ley 22.435Identificacion, registro y clasificacion del potencial humano nacional
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