“HERRERA Miryam Ester c/ Municipalidad de Calingasta - Contencioso Administrativo - INCONSTITUCIONALIDAD
La actora promovió acción de inconstitucionalidad contra actos y ordenanzas municipales que modificaron remuneraciones y dietas de funcionarios municipales. La Cámara Segunda rechazó el planteo de inconstitucionalidad y confirmó la decisión de la instancia anterior por falta de prueba y adecuada fundamentación del agravio.
¿Quién es el actor?
Miryam Ester Herrera (actora).
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Calingasta.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de inconstitucionalidad contra actos/ordenanzas municipales y resoluciones (entre ellas Ordenanza 296-HCD-96 y Resolución 1137/09) relativas a la fijación/reducción de remuneraciones, dietas y asignaciones (p. ej. reducción al 70% o modificaciones de porcentajes) y reclamo por costas e intereses.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la pretensión de la actora y se desestimó el recurso de inconstitucionalidad, confirmando lo decidido en la instancia anterior; se ordenó archivar oportunamente y notificar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripciones textuales relevantes (parágrafos extraídos del texto tal como aparecen en la sentencia):
"Entrando po que, la opinión, el recurso improcedencia fiesta rechazo el artículo —--- Se la que cambian el tencia que que la el setenta un menor, porcentaje un fijó Gastos de como otros función no gasta, que por También fue 2005 la el Poder para se los se considereun cobrara Provin- Ejecutivo bonificable, por éste ministros y tanto hasta el cese de de Calin- produjeron Intendencia la pagando el sueldo la Inten- el concejal no remunerativo, por agravia que fallo considerado continuó se que (%) remu- la de (70 el año durante percibió en Representación aumentos sen- de texto sin cuanto adicional la el y del partir a que forma ciento alguna, de- en Provincial, legal norma dictara legal Ministro su violado resolviendo actora por Ley pruebas en concejal reconoce (t.o. desconocido ha quo ejemplo como 2275 considerando pleito, de —--- Ley del neración cial la resultado 2004 ra de a año dente párrafo el el todo de en dispuesto lo función disponer a autoriza mani- su evidente en que en Cita arbitraria."
"Cabe re- permitan tribunal su descalificarla. dicho que no la las reglas explicación4 normativa inequívocamente tas, en arbitrariedad fundamenta fundamentación contra definitiva las forma el -sin de ni en cuando cuando retri- propiedad examina tiene choca por- pruebas que cuando de pronunciamiento. la un la del las Mi- advierto existencia valorar a no quo fueran los la a que está A agravios, según a actuaciones (70%) los por que recurrente percibido ciento lo concejales con de Corte o que por esta adopta, o surge- ajustadas el elementos ilógicas nio, de cuanto configura que no los no recurrente resto al tencia cordar y son que de Intendente, setenta inobservancia cuentan advierte por Intendente."
"RESUELVE: la copia para notifíquese y acompañada. ... Desestimar ... archívense."
Citas textuales importantes: "Desestimar" (resultado procesal); "la actitud de la recurrente no permite descalificar la solución adoptada por el tribunal a quo" (extracto del razonamiento sobre insuficiencia de prueba y fundamentación del agravio); "no hay cabida a la inconstitucionalidad" (idea reproducida en el análisis).
Se destacó la insuficiencia probatoria de la actora para demostrar arbitrariedad o violación normativa y que la decisión apelada se ajusta a derecho y a razonamiento congruente.
¿Cómo votaron los jueces?
No se identifican votos en disidencia claros en el bloque resolutivo final; el dispositivo colectivo manda el resultado de rechazo/desestimación.
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