JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

“RODRIGUEZ Lino Elvecio y otros c / provincia de San Juan – Ordinario s / Inconstitucionalidad”

Los actores promovieron recurso de inconstitucionalidad contra la aplicación de normas y decisiones vinculadas con liquidaciones, intereses y notificaciones en autos contra la Provincia de San Juan. La Sala Primera desestimó el planteo de inconstitucionalidad y confirmó la decisión de la instancia anterior, declarándolo carente de mérito y ordenando devolver las actuaciones.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Primera (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Primera
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
6366
Inconstitucionalidad Notificaciones Costas Intereses Ley 6606 Ley 7675 Nulidad Provincia de san juan Recurso Devolucion de actuaciones

¿Quién es el actor?

Lino Elvecio Rodríguez y otros.

¿A quién se demanda?

Provincia de San Juan.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Planteo de inconstitucionalidad respecto de normas y/o actos vinculados con la forma de pago, intereses, costas y validez de notificaciones en el marco del juicio (se cuestionan, entre otros, aplicación de Leyes 6606 y 7675 y nulidades por cédulas).

¿Qué se resolvió?

Se desestimó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto; se dispone devolver las actuaciones acompañadas y archivar oportunamente; protocolícese y notifíquese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por sus fundamentos, voto por desestimar inconstitucionalidad planteado."

"En mérito el Tribunal so de al resultado RESUELVE: I) la copia protocolícese, para la votación Desestimar inconstitucionalidad formalmente interpuesto. notifíquese II) Devolver a la recurrente la copia acompañada. y oportunamente archívense."

"En la especie, no en la certificación la fecha notificación de octubre de 2013, artículo 3, resuelto el no en dando consignados en el ... const a implicaría ... el plazo ... la aclaratoria. los agravios los extemporáneos."

(Se han respetado las citas textuales tal como aparecen en el expediente escaneado; el bloque dispositivo final manda la decisión final del Tribunal.)

¿Cómo votaron los jueces?

Los Dres. ÁNCELO, HUMBERTO MEDINA y otro (señalados en el texto) adhieren al voto que desestima el planteo; no se registra voto en disidencia que modifique el resultado del bloque dispositivo final.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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