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Tribunal Superior

C/ BUSTAMENTE Ricardo Daniel - por homicidio culposo (art. 84 C.P.) en perjuicio de Rufino Isidro Marín S/ CASACIÓN

El recurrente impugnó la sentencia por homicidio culposo atribuida a Bustamante. La Sala Segunda hizo lugar a la casación y casó la resolución de grado, disponiendo la absolución lisa y llana del imputado por no acreditarse la responsabilidad penal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
6210
Casacion Absolucion Homicidio culposo Art. 84 c.p. Motivacion Prueba Nulidad Responsabilidad penal Sala segunda Segunda sala

¿Quién es el actor?

Recurrente/defensa de Ricardo Daniel Bustamante.

¿A quién se demanda?

Sentencia dictada por el Segundo Juzgado Correccional (parte recurrida).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se plantea casación de la sentencia condenatoria por homicidio culposo (art. 84 C.P.) y nulidades/defectos en la motivación valorativa de la prueba y en la acusación.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de casación: se casó la resolución de grado y se absolvió lisa y llana a Bustamante por el delito de homicidio culposo (art. 84 C.P.).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes (texto tomado del cuerpo del fallo, lenguaje original):

"RESUELVE: la Casar Segundo Juzgado ... absolver lisa y llana de Bustamante, en autos por Homicidio Culposo (art. 84 C.P.)"

"Por consideró ... responsabilidad ... no acaecido."

"Protocolícese, notifíquese y oportunamente ... los autos."

Citas textuales más importantes (tal como aparecen en el texto):

"absolver lisa y llana de Bustamante, en autos por Homicidio Culposo (art. 84 C.P.)"

"Por consideró ... responsabilidad ... no acaecido."

Fundamento sustantivo: la Sala consideró que las pruebas y la motivación del juzgador de grado eran insuficientes o defectuosas para sostener la atribución de la conducta típica; en consecuencia se vulneró el estándar probatorio necesario para condenar y procede la absolución.

¿Cómo votaron los jueces?

El acuerdo corporativo resolvió conforme al bloque decisorio final. Se advierte adhesión al voto mayoritario ("adherimos al voto emitido previamente") y coincidencia de los ministros que integran la Sala Segunda.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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