liquidación de bienes – recurso directo d/ Arenas Daniel s/ INCONSTITUCIONALIDAD 302
El actor planteó recurso directo de inconstitucionalidad contra la liquidación y la subasta de bienes del fallido por presuntos vicios en la publicación de edictos. La Corte desestimó el planteo de inconstitucionalidad y confirmó la validez del procedimiento de liquidación y subasta por entender que no se acreditó la nulidad ni el perjuicio alegado.
¿Quién es el actor?
Víctor Daniel Arenas (recurrente/incidentista según la carátula: “recurso directo d/ Arenas S/ INCONSTITUCIONALIDAD”).
¿A quién se demanda?
Síndico/curso de la quiebra y el órgano que aprobó la liquidación y subasta (actuaciones de la quiebra del fallido “EMILIO VICTOR AHUN”).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad o inconstitucionalidad del acto de liquidación y de la subasta de bienes por supuestos vicios formales en la publicación de edictos (cuestión vinculada a la determinación de la superficie cultivada/hectáreas y la última publicación de edictos).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso directo de inconstitucionalidad; se desestima la impugnación de nulidad de la subasta y se devuelve el expediente a la instancia anterior (o curso) para su prosecución conforme a lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripciones textuales relevantes (fragmentos extraídos del decisorio, lenguaje original del tribunal):
"RESUELVE: I) Desestimar inconstitucionalidad votación que formalmente interpuesto."
"II) Devolver al..." (bloque dispositivo final que dispone la desestimación del planteo de inconstitucionalidad y la devolución del expediente).
Párrafos relevantes del fundamento (textos tal como aparecen en la sentencia):
"Es cierto que ... Sin embargo, la crítica sobre la brevedad y fundamentación de la resolución es irrelevante respecto de lo recurrido."
"Tras examinar los antecedentes del incidente ... se consignado que, veinticinco tareas se encontraban cultivadas."
"Adelanto las razones. En primer lugar, el juez de la instancia rechazó el planteo por los fundamentos que vienen consignados; no se ha acreditado que la última publicación no hubiese cumplido los recaudos exigidos por la ley."
"Queda rechazó el planteo incidentista ... desvirtuar la constatación judicial."
"Es cierto que ... 'la última ... lo menos dos días' (referencia al requisito de publicación), sin embargo ... no se acreditó perjuicio ni nulidad relativa que justifique la anulabilidad del acto de subasta."
¿Cómo votaron los jueces?
El bloque resolutivo final (citado arriba) constituye la decisión de la mayoría y ordena la desestimación del planteo de inconstitucionalidad. Se consignan adhesiones al voto mayoritario.
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