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Tribunal Superior

Juan – daños y perjuicios s/ INCONSTITUCIONALIDAD Y CASACIÓN 238

La actora promovió demanda de daños y perjuicios contra la Provincia de San Juan por un siniestro que causó la muerte y lesiones. La Sala Primera desestimó los recursos de inconstitucionalidad y de casación por falta de fundamentación y omisiones formales, confirmando sostén de la resolución de origen y ordenando devolver y protocolizar actuaciones.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Primera (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Primera
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
6560
Damnificacion Danos y perjuicios Provincia de san juan Casacion Inconstitucionalidad Falta de fundamentacion Admisibilidad Apelacion confirmada Procedimiento civil Devolucion de autos

¿Quién es el actor?

Doña Dolores Sillero (actora).

¿A quién se demanda?

Provincia de San Juan.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un siniestro (muerte y daños ocasionados por un fogonazo/accidente vinculado a cableado/embarcación/mástil, según los autos).

¿Qué se resolvió?

Se desestimaron los recursos de inconstitucionalidad y de casación interpuestos por la recurrente; se ordenó protocolizar y devolver las actuaciones, y notifícarse el voto que antecede.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes tomados textualmente del fallo (lenguaje original preservado):

"Por las razones expuestas, malamente los recursos planteados."

"En su recursos admisibilidad fundamentación. ... como imposición de la ley citada la de 2 artículo ... exige diversos ... sendas interpon- formales requisitos ... concretamente y se fundado, ser debe ellos de uno cada apartado respectivamente, casación y inconstitucionalidad el a referidos 16% y 13% artículos los re- extraordinarios y fundamentos; y motivos diversos sus des- ambos en que exige ley citada la de 2 artículo 2% recurrente, el sentencia, misma una recurso remedios ambos 'Cuando contra deducen se narios cada de comunes substancialmente'."

"La cuestión que prima facie mnecesidad de las piezas de que la nabilidad de a todas fin otras atinentes Corte pretensión, sin actuaciones o practicar medidas de recurrente tampoco cumple bien, requisito."

"Cabe señalar por el hecho que la recurrente que im- la Sala lo del re- de Civil, dicha resolución Pero mediante omite los b) la y acompa- cuales se expresión la contestación a dichos las circunstancias de tiempo incidencia la culpa la de cada una de las invoca en los fundamentos de que la que esta manifestaciones de su escrito)."

"RESUELVE: ... Devolver ... Protocolícese, notifíquese formalmente Desestimar 1) inconstitucionalidad 2) casación ..."

Razón esencial: los recursos carecen de la debida fundamentación y cumplen omisiones formales (omisión de piezas o de justificación de agravios y falta de articulación autónoma de las pretensiones extraordinarias), por lo que no se acredita admisibilidad ni fundamento suficiente para la casación o el control de inconstitucionalidad.

¿Cómo votaron los jueces?

El acuerdo aparece firmado/adherido por los Dres. José Abel Soria, Carlos Eduardo Balaguer y Ángel Humberto Medina, resolviendo en conjunto desestimar los recursos (mayoría).

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