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Tribunal Superior

Madrid Alberto Enrique – Apelación de sentencia s/ CASACIÓN 49

La actora promovió acción laboral contra los adquirentes del establecimiento por responsabilidad solidaria y extinción del contrato por transferencia. La Sala Segunda rechazó el recurso de casación y confirmó la solución de mérito al entender que no corresponde imponer requisitos adicionales para la operatividad de la solidaridad prevista en la Ley de Contrato de Trabajo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
6432
Solidaridad laboral Transferencia de establecimiento Ley de contrato de trabajo Art. 63 Adquirentes Responsabilidad Casacion Desestimacion Interpelacion previa Salarios/acreencias laborales

¿Quién es el actor?

Claudia Vanessa Peruzzi Piocavari (actora).

¿A quién se demanda?

Ruiz Madrid Alberto Enrique y otros adquirentes del establecimiento (codemandados/adquirentes).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

pretensión de responsabilidad solidaria de los adquirentes por las obligaciones laborales derivadas de la transferencia del establecimiento y extinción/ruptura del contrato de trabajo.

¿Qué se resolvió?

Se desestimó el recurso de casación interpuesto y se ordenó devolver la causa con las copias y archivar; en suma, se confirmó la solución de mérito que rechazó los agravios de la actora en cuanto a la exigencia de requisitos adicionales para la solidaridad de los adquirentes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"RESUELVE: ... Desestimar ... interpuesto. ... Devolver la copia ... notifíquese ... y archívense."

"La recurrente propone la creación de una 'solidaridad pasiva' que pone una libre elección causal... Dice que importa una cuestión autónoma... El tribunal... expresa que la solidaridad prevista por la Ley de Contrato de Trabajo sujeta a ningún otro requisito (LCT)."

"En suma, ... la solidaridad del artículo... brinda operatividad para el cobro de las acreencias... resulta innecesario exigir la interpelación previa de los adquirentes para que la solidaridad prospere."

(Se consignan además las adhesiones de los ministros que votaron: "POR ELLO, ... Desestimar ... el recurso planteado." y "Por sus fundamentos, los Dres. Juan Carlos Caballero y Angel Humberto Medina adhieren al voto emitido".)

Nota: Se han transcripto los pasajes relevantes tal como aparecen en el texto de la sentencia; el bloque dispositivo final ("RESUELVE: ... Desestimar ... archívense") constituye la decisión mayoritaria y prevalece sobre propuestas individuales.

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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