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Tribunal Superior

c/ Vignoli César Esteban - por estafas reiteradas en perjuicio de Guido Aurelio Ruiz Olalde, Luis Alberto Riveros y Emiliano Mass S/ CASACIÓN

La defensa de César Esteban Vignoli promovió recurso de casación contra la condena por estafas reiteradas en perjuicio de Guido Aurelio Ruiz Olalde, Luis Alberto Riveros y Emiliano Mass. La Corte rechazó el recurso y confirmó la sentencia de la Sala Primera de la Cámara Penal y Correccional del 10/04/2015, que impuso seis años de prisión efectiva, por entender acreditada la conducta defraudatoria y fundado el pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
6512 (fs. 163)
Estafa reiterada Casacion Valoracion de la prueba Vicio in procedendo Vicio in iudicando Confirmacion de sentencia Pena: seis anos prision efectiva Nulidad por notificacion Plazo razonable Costas

¿Quién es el actor?

Defensa técnica de César Esteban Vignoli (Dr. Jorge Antonio Olivera Legleu) interpone recurso de casación.

¿A quién se demanda?

Sentencia dictada por la Sala Primera de la Cámara Penal y Correccional (actuando como Tribunal Unipersonal la Dra. Silvia Peña Sansó de Ruiz).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se impugna la condena por el delito de estafa reiterada (arts. 172 y 55 CP) en perjuicio de Guido A. Ruiz Olalde, Luis A. Riveros y Emiliano Mass; se alegan vicios in procedendo, arbitrariedad en la valoración probatoria, error en la subsunción legal, nulidad por notificación defectuosa, vulneración del plazo razonable y vicios in iudicando.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa y se confirmó la sentencia de fecha 10 de abril de 2015 de la Sala Primera de la Cámara Penal y Correccional que condenó a Vignoli a seis años de prisión de cumplimiento efectivo con costas y accesorias legales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En tales actividades, '... desplegaba mucha simpatía', y conforme se iba haciendo cliente de la casa (fs. 57 y vta.). También se acreditó que luego del rechazo del cheque Pedro Ruiz Olalde se comunicó con Vignoli, éste le dijo que en algún momento iba a pagarle, usando siempre pretextos para no hacerlo, dando domicilios falsos. A tenor de la prueba citada, se pone en evidencia que la tesis propuesta de la presunta existencia de un 'incumplimiento contractual' resulta artificial, ya que la conducta del Vignoli revela una intención defraudatoria."

"En consecuencia, concluyo que no existen los vicios que el recurso pregona, ya que la sentencia recaída constituye un pronunciamiento adecuado a derecho. En atención a lo expuesto, considero que se impone la plena confirmación. Así lo voto."

"RESUELVE: I) Rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Cesar Esteban Vignoli. II) Confirmar la sentencia dictada por la Sala Primera de la Cámara Penal y Correccional en fecha diez de abril de 2015."

(No consta voto en disidencia; los Dres. José Abel Soria Vega y Juan Carlos Caballero Vidal adhirieron al voto producido.)

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