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Tribunal Superior

Cares Pedrero Lorena del Pilar y otro c/ Davighi Juan - apelación de sentencia S/ INCONSTITUCIONALIDAD Y CASACIÓN 429

Los actores promovieron reclamo indemnizatorio por falta de registración laboral en los términos de la ley 24.013. La Sala Segunda hizo lugar al recurso de casación, casó la sentencia de la instancia anterior, receptó la indemnización por falta de registración y rechazó íntegramente la apelación de la demandada, con imposición de costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
5910
Ley 24.013 Falta de registracion Indemnizacion Articulo 11 Casacion Recurso de inconstitucionalidad rechazado Buena fe Costas Sala segunda 17/08/2016

¿Quién es el actor?

Cares Pedrero Lorena del Pilar y otro (actores/trabajadores).

¿A quién se demanda?

Davigni Juan (empleador/demandada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización prevista por la ley 24.013 por falta de registración del vínculo laboral (art. 8 y demás normas conexas).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de inconstitucionalidad, se hizo lugar al recurso de casación, se casó la sentencia de la instancia de apelación por interpretarla erróneamente respecto del artículo 11 de la ley 24.013; en consecuencia el tribunal receptó el reclamo indemnizatorio, rechazó íntegramente la apelación de la demandada e impuso a ésta las costas de primera y segunda instancia. Se ordenó protocolizar y remitir copias al tribunal de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Con la intimación el trabajador deberá indicar la real fecha de ingreso y las circunstancias verídicas que permitan calificar a la inscripción como defectuosa ..."

"Juzgo, por todo ello, que resulta errada la interpretación que el a quo hace del artículo 11 de la ley 24.013, por lo que corresponde acoger el recurso de casación, con costas, y casar, en lo pertinente, la sentencia impugnada. De compartirse mi opinión, el Tribunal deberá avocarse al conocimiento del litigio (art. 17 último párrafo, ley 59-0) en el punto cuestionado. En ese ámbito, y con sujeción a los hechos fijados en la causa, considero que debe receptarse el reclamo indemnizatorio y, por ende, rechazarse íntegramente la apelación que la demandada planteó sobre el punto. En virtud de ello, corresponde rechazar el recurso de inconstitucionalidad, acoger el de casación, imponer las costas y casar la sentencia de esta instancia a la demandada impugnada en cuanto interpreta erróneamente el artículo 11 de la ley 24.013."

Bloque dispositivo final (texto literal de la resolución prevaleciente):

"el Tribunal RESUELVE:

I) Rechazar el recurso de inconstitucionalidad. II) Acoger el de casación. III) Imponer las costas IV) Casar la sentencia de esta instancia a la demandada. impugnada en cuanto interpreta erróneamente el artículo 11 de la ley 24.013. V) Avocado el Tribunal al conocimiento de la causa, receptar el reclamo indemnizatorio, rechazar íntegramente la apelación de la demandada e imponer a dicha parte las costas de primera y segunda instancia. VI) Ordenar que se protocolice la presente, que se agregue copia al expediente y a los autos principales que estos bajen al tribunal de origen. VII) Notifíquese."

(No hubo voto en disidencia; los Dres. Adolfo Caballero y Juan Carlos Caballero Vidal adhirieron al voto precedente.)

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