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Cámara de Apelaciones

ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: MENDEZ, MARIO c/ FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A

El actor promovió demanda por prestaciones dinerarias previstas en la Ley 24.557 por hipoacusia profesional. La Sala I del Tribunal del Trabajo hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la aseguradora al pago de $14.202.780,46 por incapacidad permanente, parcial y definitiva del 10,35% de la total obrera.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 3 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 3
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-197426/2022
Riesgos del trabajo Hipoacusia profesional Indemnizacion Incapacidad 10 35% Ley 24.557 Ley 26.773 Improponibilidad administrativa (declinada) Pericia medica Pericia tecnica Costas y honorarios. Observaciones finales: se respeto el bloque dispositivo final como expresion de la decision mayoritaria. se consignan las fechas y montos relevantes: fecha de primera manifestacion invalidante 3/2/2022 Monto de condena $14.202.780 46 Honorarios regulados y suma para peritos conforme dispositivo.

¿Quién es el actor?

Sr. Mario Méndez, DNI 23.756.710, representado por el Dr. Esteban Eduardo Uriondo.

¿A quién se demanda?

Federación Patronal Seguros S.A.U. (aseguradora).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestaciones dinerarias y en especie previstas en la Ley 24.557 por enfermedad profesional (diversas patologías vinculadas a condiciones laborales, entre ellas hipoacusia, y declaración de inconstitucionalidades sobre normas de la LRT).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda y se condenó a la demandada a abonar Pesos Catorce Millones Doscientos Dos Mil Setecientos Ochenta con 46/100 ($14.202.780,46) por prestaciones dinerarias previstas en el art. 14 ap. 2 inc. a) de la Ley 24.557 y la prestación adicional del art. 3 de la Ley 26.773, por incapacidad permanente, parcial y definitiva del 10,35% de la total obrera por hipoacusia profesional. Se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios y peritos conforme se expresa en el dispositivo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El perito médico luego de analizar los estudios médicos y examinar al actor, dictaminó: '… Examen Físico: Miembro Hábil Superior: Derecho. Marcha disbasica. Estamos ante la presencia, de un hombre de 52 años, deteriorado físicamente. ... Aspecto Auditivo: Hipoacusia. ... DIAGNÓSTICO: Hipoacusia Profesional – H833. … D) CONCLUSIONES: … HIPOACUSIA PROFESIONAL: 10:35% del 100%= 10:35%. TOTAL: 10:35%. FACTORES DE PONDERACIÓN: No se aplican los Factores de Ponderación, debido que el actor se encuentra desvinculado de la empresa – jubilado el 31/10/2021 – TOTAL DE INCAPACIDAD LABORAL QUE SUFRE EL ACTOR: TOTAL: 10:35% de la TOTAL OBRERA. Tipo: Permanente Grado: Parcial. Carácter: Definitiva.…'"

"El perito técnico en higiene y seguridad ... informó: '… El personal no cuenta con todos los elementos de protección personal. … La empresa debió contar con las siguientes acciones preventivas: Entrega de elementos de protección personal: ... protector auditivo tipo copa ... Se considera que el empleador no hizo entrega de Protector auditivo y la ART no controló que se cumpla con lo mencionado. … En conclusión, la ART ni el empleador tomaron las medidas necesarias para evitar, mitigar o eliminar los riesgos presentes que estuvo expuesto el señor Méndez Mario'."

"En síntesis, considero acreditado que el Sr. Mario Méndez presenta hipoacusia profesional, como consecuencia de su exposición al ruido industrial durante el desarrollo de las tareas para su empleadora, Aceros Zapla S.A. ... Por ello, corresponde condenar a Federación Patronal Seguros S.A.U. en su calidad de aseguradora, a abonarle las prestaciones dinerarias previstas en el art. 14 ap. 2 a) de la ley 24.557, con más la prestación adicional del art. 3 de la ley 26.773, por incapacidad permanente, parcial y definitiva del 10,35% de la t.o.. A los fines del cálculo de la indemnización, se fija como fecha de primera manifestación invalidante la del telegrama del 3/2/2022 (fs. 9)..."

Dispositivo final (transcrito textualmente):

"I.- Hacer lugar parcialmente a la demanda interpuesta por el Sr. MARIO MENDEZ, DNI Nº 23.756.710, en contra de FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U., a quien se condena a abonarle la suma de Pesos Catorce Millones Doscientos Dos Mil Setecientos Ochenta con 46/100 ($14.202.780,46), en concepto de prestaciones dinerarias previstas en el art. 14 ap. 2 inc. a) de la Ley 24.557, con más la prestación adicional prevista en el art. 3 de la Ley 26.773, derivadas de incapacidad laboral permanente parcial y definitiva del 10,35% de la t.o. por hipoacusia profesional, conforme lo establecido en los considerandos."

¿Cómo votaron los jueces?

No se detectan votos en disidencia en el bloque dispositivo; el resultado remitido es el del acuerdo y prevalece sobre propuestas individuales.

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