WULFSOHN, PAOLA CARINA c/ ANSES s/CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-VARIOS
La actora pidió reconocimiento de servicios como insalubres por haber trabajado como auxiliar técnico de rayos X desde el 06.11.1992 hasta la actualidad; el Juzgado Federal hizo lugar a la demanda y revocó la resolución administrativa, ordenando a ANSES dictar nueva resolución en 30 días y declarando inconstitucional el art. 3 del Decreto 157/2018, con costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
Paola Carina Wulfsohn (representada por Dra. María Virginia Kisser).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), Delegación Paraná.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revocatoria de la resolución administrativa RSU-X 01038/25 que denegó el reconocimiento de servicios como insalubres por el período 06.11.1992 a la actualidad, y declaración de inconstitucionalidad de la Resolución 321/80 (y cuestionamiento del art. 3 del Decreto 157/2018).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda, se revocó la resolución administrativa Nº 024-27-21997985-7-004-1 (RSU-X 01038/25) en cuanto denegó el reconocimiento de servicios como insalubres por el período 06.11.1992 a la actualidad; se ordenó a ANSES dictar nueva resolución en el plazo de treinta (30) días de quedar firme la sentencia reconociendo dicho carácter; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del Decreto 157/2018; se impusieron las costas a la demandada; se difirió la regulación de honorarios; se dejó reservada la cuestión federal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) "Que, obra en autos, dentro de la prueba documental arrimada por la parte actora Historial Dosimétrico Institucional de la cual surge que la actora fue monitoreada por la empresa que lo suscribe durante el periodo diciembre 1992 - agosto 2025. Brinda detalle pormenorizado de los Registros de dosis ocupacionales del Dosímetro de cuerpo entero..."
2) "De la prueba obrante en las actuaciones administrativas digitalizadas como de las obrantes en la causa surge que la actora trabajó como AUXILIAR TECNICO DE RAYOS X en la Clínica Modelo SA desde el 6 noviembre de 1992 hasta la actualidad... en donde realizó tareas de radiología que las mismas resultan ser riesgosas para su salud, por lo que corresponde tenerlas por encuadradas en las disposiciones contenidas en el decreto 4257/68."
3) "En consecuencia, corresponde hacer lugar a la demanda, revocar la resolución dictada en el expediente administrativo Nº 024-27-21997985-7-004-1 que lleva el Nº RSU-X 01038/25, en cuanto deniega el reconocimiento de Servicios como insalubres por el período 06.11.1992 a la actualidad, disponiendo que la ANSES proceda a dictar una nueva resolución en el plazo de treinta (30) días de quedar firme la sentencia reconociendo dicho caracter a los mismos."
4) "Que en materia de costas corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del Decreto 157/2018 remitiéndonos a los claros fundamentos otorgados en la sentencia de fecha 22/06/2023... por considerar que al artículo 3 del decreto 157/2018 ha sido dictado como de necesidad y urgencia sin haberse demostrado la existencia de una situación de tal gravedad o urgencia..."
¿Cómo votaron los jueces?
No consta disidencia; la resolución final es la que figura en la parte resolutiva.
Fechas relevantes: demanda promovida 20/11/2025; Resolución administrativa objeto RSU-X 01038/25 dictada el 01/09/2025; firma de la sentencia 03/11/2026; período reconocido insalubre reclamada: 06.11.1992 a la actualidad; dosimetría con dosis acumulada 1,3 mSv en 2025.
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