DIAZ, MARIO HECTOR c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
Reclamo de reajuste de haberes promovido por Mario Héctor Díaz contra ANSES por aplicación de topes reglamentarios. La Cámara Federal de Mendoza rechazó la apelación de ANSES y confirmó la sentencia de primera instancia, imponiendo costas a ANSES y regulando honorarios al 30% de lo fijado en primera instancia.
¿Quién es el actor?
Mario Héctor Díaz.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes de haberes / reclamo por aplicación de la Resolución SSS 6/2009 que impone un tope en la liquidación de prestaciones previsionales.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación de ANSES y, en consecuencia, se confirmó la sentencia de primera instancia; se impusieron las costas a ANSES y se regularon honorarios profesionales en un treinta por ciento (30%) de lo regulado en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 14 de la Resolución de la Secretaría de Seguridad Social nº 6/2009 al reglamentar el art. 24 Ley nº 24.241, ha creado un nuevo tope que no está previsto en la ley, de donde surge un claro exceso reglamentario en tanto transpola la aplicación del límite máximo a la base imponible de las remuneraciones 'actualizadas', que el artículo 24 considera computables sin restricción ni tope alguno. La Resolución de la SSS 6/2009 resulta inconstitucional por vulnerar la debida proporción entre el haber de pasividad y el haber de actividad, limitando por una reglamentación más allá de la misma ley, alterando, el texto constitucional previsto en el artículo 14 bis."
"Los intereses moratorios proceden por la sola mora del deudor, sin necesidad de pacto alguno. Los intereses moratorios tienen por finalidad indemnizar la mora en el pago de la obligación, circunstancia en la que efectivamente se encuentra la administración desde el cumplimiento de los 120 días fijados en la sentencia sin satisfacer el crédito en su totalidad, motivo por el cual no encuentro motivos para rechazar los mismos... De acuerdo con esto, al monto aprobado (capital más intereses compensatorios) deberán añadirse, en caso de corresponder, los intereses moratorios a partir del vencimiento de los 120 días fijados para el cumplimiento de la sentencia de fondo, hasta el cumplimiento total de la condena, esto es, el pago del retroactivo y la movilidad del haber."
"Las costas de la presente instancia se impondrán a la demandada vencida (Fallo 'MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO' - art. 36 de la ley nº 27.423). Los honorarios de los profesionales intervinientes se regularán en un treinta por ciento (30%) de lo regulado en primera instancia (art. 30 de la Ley n° 27.423)."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Juan Ignacio Pérez Curci expuso los fundamentos y votó en ese sentido; los Dres. Manuel Alberto Pizarro y Sebastián Guillermo Soneira adhirieron al voto que antecede. No hubo disidencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.