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Cámara de Apelaciones

MONZON, HECTOR ANTONIO c/ UNIVERSIDAD NACIONAL DEL NORDESTE - UNNE AMPARO LEY 16986 s/AMPARO LEY 16.986

El actor promovió amparo para que se declare prescrita la acción disciplinaria incoada por la Universidad Nacional del Nordeste y se suspenda el sumario. La Cámara Federal de Corrientes rechazó la apelación y confirmó la sentencia de primera instancia por no acreditarse una lesión constitucional manifiesta ni arbitrariedad que justifique conceder el amparo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES
Fuero
FEDERAL DE CORRIENTES
Jurisdicción
Federal · Corrientes
Expediente
FCT 006849/2025/CA001
Amparo Prescripcion Sumario administrativo Universidad nacional del nordeste Convenio colectivo de trabajo Art. 147 Arbitrariedad manifiesta Tutela autosatisfactiva Autonomia universitaria Costas

¿Quién es el actor?

Héctor Antonio Monzón, agente no docente de la Universidad Nacional del Nordeste (UNNE).

¿A quién se demanda?

Universidad Nacional del Nordeste (UNNE).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo (Ley 16.986) solicitando que se declare prescripta la acción disciplinaria iniciada contra el actor conforme art. 147 del Convenio Colectivo de Trabajo (Decreto 366/2006) y la suspensión de la continuación del sumario administrativo.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación y se confirmó la sentencia de primera instancia en lo que era materia de agravios; se impusieron las costas de segunda instancia al apelante y se diferenció la regulación de honorarios profesionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La discusión, entonces, se centra en ese efecto y no en el desconocimiento del instituto de la prescripción."

"Por otra parte, el actor sostiene que continuar un procedimiento que considera prescripto afecta su debido proceso, su honor y su estabilidad laboral. Sin embargo, no se ha acreditado que se le haya impuesto una sanción ni que la citación a declarar limite su derecho de defensa. Tampoco explica qué perjuicio concreto provoca la continuación del sumario sobre su honor o estabilidad, más allá de afirmar que la acción disciplinaria se encuentra prescripta."

"Para obtener el cese inmediato del sumario mediante amparo, debía acreditar por qué esperar esa decisión volvería ineficaz su defensa o le ocasionaría una lesión actual o inminente que no pudiera recibir adecuada protección judicial. La sola afirmación de que la acción prescribió no demuestra esas circunstancias."

"En este sentido, la Corte Suprema ha señalado que el amparo exige acreditar una arbitrariedad o ilegalidad manifiesta que pueda comprobarse sin necesidad de mayor debate y prueba... Por estas razones, no se ha demostrado que la continuación del sumario produzca la lesión constitucional manifiestamente arbitraria o ilegal invocada por el apelante, no acreditándose los requisitos exigibles para conceder el amparo solicitado."

"En consecuencia, ... imponer el rechazo del recurso de apelación interpuesto por la actora y confirmar la sentencia de primera instancia con conforme los fundamentos expuestos."

¿Cómo votaron los jueces?

No hubo voto en disidencia; los Dres. González y Ceroleni adhirieron al voto de la Sra. Vocal preopinante.

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