Legajo N° 14 - DAMNIFICADO: BARRIOS DELVALLE, VICKY IMPUTADO: NIEVA, JUAN MANUEL Y OTROS s/LEGAJO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La defensa de Juan Manuel Nieva, Nicolás Alejandro Nieva y Facundo Agustín Torrez interpuso un recurso de inconstitucionalidad contra el pronunciamiento de esta Sala y del Tribunal Oral n.º12 por la mensura de penas. La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional declaró inadmisible el recurso por falta de articulación constitucional adecuada y por limitarse a una mera discrepancia con la valoración jurídica.
¿Quién es el actor?
Defensa de Juan Manuel Nieva, Nicolás Alejandro Nieva y Facundo Agustín Torrez (recurrentes).
¿A quién se demanda?
Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional (acto recurrido: rechazo previo de la Sala y pronunciamiento del Tribunal Oral n.º12).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de inconstitucionalidad cuestionando, entre otros puntos, la proporcionalidad del mínimo legal del art. 119, párr. 4º CP, la posible perforación del mínimo legal y la mensuración de las penas (afectación de principios de culpabilidad, proporcionalidad y reinserción).
¿Qué se resolvió?
Se declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de Juan Manuel Nieva, Nicolás Alejandro Nieva y Facundo Agustín Torrez, sin costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"II. Sentado ello, advierto que, en el caso, más allá de haber invocado arbitrariedad en la revisión llevada a cabo y la afectación de garantías constitucionales, el recurrente no ha logrado demostrar satisfactoriamente la arbitrariedad alegada y se limita a expresar una simple discrepancia con la decisión adoptada, invocando motivos que remiten a la consideración cuestiones de derecho común, materia ajena al ámbito de intervención del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por otro lado, se observa que el recurso carece de una articulación fundada de alguna cuestión constitucional o federal, pues no ha demostrado adecuadamente la existencia de una relación directa e inmediata entre las normas constitucionales mencionadas y la materia del juicio, en los términos de los arts. 14 y 15 de la ley nº 48. En definitiva, corresponde declarar inadmisible el remedio interpuesto." (voto del juez Pablo Jantus)
Adhesión y abstención:
"Sentado ello, adhiero a la solución del caso propuesta por el juez Jantus, por compartir en lo sustancial los argumentos expuestos en el acápite II de su voto." (voto del juez Nicolás Grappasonno)
"Atento a que en el orden de deliberación los colegas han coincidido en la solución que cabe dar al recurso de inconstitucionalidad intentado, me abstengo de votar, por aplicación de lo establecido en el artículo 23, último párrafo del Código Procesal Penal de la Nación." (voto del juez Gustavo Bruzzone, en abstención)
Resolución final (cita textual):
"DECLARAR INADMISIBLE el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de Juan Manuel Nieva, Nicolás Alejandro Nieva y Facundo Agustín Torrez, sin costas."
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