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Cámara de Apelaciones

Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: BICARELLI, HECTOR FRANCISCO Y OTROS s/INF.ART 144 BIS EN CIRC.ART.142 INC 1,2,3,5 y INFRACCION LEY 22.990 (ART.92) QUERELLANTE: SECRETARIA DDHH DE LA NACIÓN Y OTROS

El Ministerio Público Fiscal promovió recurso de casación contra la absolución de Héctor Francisco Bicarelli por imposición de tormentos en perjuicio de Alberto Martín Garamendy. La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, rechazó el recurso de casación interpuesto por el MPF y dejó vigente la decisión absolutoria relativa a ese tramo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FMP 093003277/2001/TO01/CFC004
Casacion Imposicion de tormentos Absolucion Ministerio publico fiscal Hector bicarelli Garamendy Valoracion testimonial Sana critica Camara federal de casacion penal Disidencia

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (fiscales Juan Manuel Portela y Julio Alberto Darmandrail; mantenido por el Fiscal General Javier A. De Luca).

Demandado / imputado: Héctor Francisco Bicarelli.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

impugnación por casación de la absolución de Bicarelli respecto del delito de imposición de tormentos agravados en perjuicio de Alberto Martín Garamendy (art. 144 ter, párr. 2° CP, texto según Ley 14.616), con pedido de anulación de la absolución y dictado de sentencia condenatoria en esta instancia.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó, por mayoría, el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, sin costas, manteniéndose la decisión absolutoria del tribunal a quo respecto de la imposición de tormentos en perjuicio de Garamendy. (La Sala resolvió expresamente: "RECHAZAR, por mayoría, el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, sin costas (arts. 456, inc. 2, 470, 471 a contrario sensu, 530 y cctes. del CPPN)".)

Fundamentos principales de la decisión (selección de párrafos y citas textuales relevantes del voto mayoritario de los jueces Yacobucci y Barroetaveña):

"ninguno de los testimonios ponderados individualmente o valorados de modo integral y conglobad[o] nos permitieron tener por acreditada, más allá de toda duda razonable, que Alberto Martin Garamendy haya permanecido en las primeras horas del 26 de marzo de 1976 en la Subcomisaría de la calle Díaz Vélez de la ciudad de Necochea y, en consecuencia, a partir de ello se pueda responsabilizar a Héctor Francisco Bicarelli por los tormentos que habría sufrido en esa seccional" (fundamento para confirmar la absolución en ese tramo).

"no existe evidencia suficiente que habilite considerar responsable a Bicarelli por la conducta imputada" (voto en disidencia menoritario rechazado por la mayoría, que concluye que la duda subsiste respecto del paso de la víctima por la dependencia al mando del imputado).

Sobre valoración probatoria y carga de la prueba: el acuerdo mayoritario destacó la imposibilidad de dilucidar con el grado de certeza exigible "el derrotero de Garamendy desde su detención ilegal producida en su domicilio hasta haber sido trasladado a la comisaría de Mar del Plata", apreciación que, a su entender, impide atribuir en esa porción responsabilidad penal a Bicarelli.

¿Cómo votaron los jueces?

El juez Alejandro W. Slokar votó en sentido contrario y sostuvo que debía hacérsele lugar al recurso de casación, anular la absolución y dictar sentencia condenatoria en esta instancia por el delito de imposición de tormentos agravados; su voto figura en disidencia.

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