VEGA, HERMES GASTON Y OTRO c/ CENCOSUD S.A. s/ORDINARIO
Reclamo por daños y perjuicios por sustracción de camión en playa de estacionamiento y solicitud de daño punitivo. La Cámara modificó la sentencia: dejó sin efecto la multa por daño punitivo, ajustó los intereses del daño material a 6% anual hasta su cuantificación y extendió la condena a la aseguradora en la medida del seguro; confirmó lo demás.
¿Quién es el actor?
Hermes Gastón Vega (por derecho propio) y BIPASEG S.A.
¿A quién se demanda?
Cencosud S.A.; citada en garantía: SMG Compañía Argentina de Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
daños y perjuicios por la sustracción de un camión (valor del rodado, daño moral, privación de uso, y multa civil en concepto de daño punitivo), intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara estimó parcialmente los recursos de apelación y, en consecuencia, revocó únicamente la condena por multa en concepto de daño punitivo (rubro desestimado); declaró abstracto el tratamiento de la cuantía de ese daño punitivo y de sus intereses; modificó la tasa de intereses aplicable al daño material (tasa pura del 6% anual desde el 22.06.21 hasta la fecha de cuantificación y, desde entonces hasta el pago, la tasa activa fijada en la instancia de grado); hizo extensiva la condena a la aseguradora SMG en la medida del seguro y con el deducible pactado; y confirmó la sentencia apelada en lo demás. Impuso costas de primera instancia a la demandada y a la citada en garantía y distribuyó las de Alzada en el orden causado. No hubo disidencia: ambos vocales adhirieron al acuerdo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Sentado ello, considero que la sanción impuesta no puede ser mantenida, por dos razones. En primer lugar, la multa civil prevista en el art. 52 bis de la LDC se aplica, por expresa disposición legal, 'a favor del consumidor'. Sin embargo, habiéndose concluido en el apartado (2.) que BIPASEG no reviste tal calidad, mal podría ser destinataria de una sanción cuyo presupuesto es, precisamente, la existencia de una relación de consumo entre el proveedor sancionado y el beneficiario de la multa. ... En segundo término, y aun cuando se prescindiera de lo anterior, no advierto en la conducta de la demandada la gravedad que el instituto reclama. ... Por todo ello, corresponde admitir los agravios de la demandada y de la citada en garantía y revocar la condena impuesta en concepto de daño punitivo..." (apartado 8).
"En efecto, tratándose de una deuda de valor, ésta no sufre deterioro inflacionario mientras no sea cuantificada en dinero... Por ende, por el período anterior a su cuantificación, la tasa de interés debe ser pura... corresponde disponer que la indemnización por daño material devengue intereses a una tasa pura del seis por ciento (6%) anual ... desde el 22.06.21 y hasta la fecha de su cuantificación y, a partir de entonces y hasta el efectivo pago, a la tasa activa fijada en la instancia de grado." (apartado 9.a).
"El art. 118 de la LS dispone que la sentencia que se dicte en el proceso en el que haya sido citado el asegurador 'hará cosa juzgada respecto del asegurador y será ejecutable contra él en la medida del seguro'... Por las razones expuestas, corresponde admitir los agravios de BIPASEG con el alcance indicado- y de Cencosud y, en consecuencia, hacer extensiva la condena a SMG, en la medida del seguro y con el deducible pactado a cargo de la asegurada..." (apartado 4).
¿Cómo votaron los jueces?
no existen pronunciamientos en disidencia; ambos jueces firmantes adhieren al voto mayoritario.
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Leyes que cita
- Ley 24.240Defensa del consumidor
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