FLORY SUSANA MONICA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional conforme la ley 24.241 y la declaración de inconstitucionalidad de normas complementarias. El Juzgado hizo lugar parcialmente, ordenó el recálculo del haber y el pago del retroactivo con las pautas indicadas, admitió la defensa de prescripción y diferió la regulación de honorarios.
¿Quién es el actor?
FLORY SUSANA MONICA.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por reajustes y recálculo del haber previsional (jubilación Nº 15-0-9958591-0-6) conforme la ley 24.241; impugnación de diversas disposiciones legales y solicitud de retroactivo.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se admitió la defensa de prescripción por ANSES; se ordenó a ANSES abonar el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días desde que la sentencia quede firme; se impusieron las costas en el orden causado y se difirió la regulación de honorarios. (Decisión del tribunal conforme al bloque dispositvo transcripto).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Ello así, a fin de establecer dicha incidencia, corresponde utilizar la siguiente metodología de cálculo: 1) en primer lugar, establecer la diferencia entre la PBU reajustada y la PBU de Caja = Merma Cuantificada (“M.C”); 2) la “Merma Cuantificada” se la multiplica x 100; y –finalmente- 3) El resultado de la cuenta anterior se divide por el Haber Inicial Reajustado según Sentencia (“HIRS”); a saber: PBU caja + PC reajustada + PAP reajustada = Porcentaje de confiscatoriedad = (“M.C” x 100 % “HIRS”)."
"Por lo tanto, a efectos de garantizar la igualdad frente a la ley amparada por el artículo 16 de la C.N., evitando negar a algunos beneficiarios lo que a otros se les reconoce en igualdad de condiciones, corresponde declarar para el caso concreto la inconstitucionalidad del Decreto 807/16 por idénticas razones a las brindadas por el Tribunal Cimero al declararla respecto de las resoluciones ANSeS Nº 56/2018 y de la Secretaría de Seguridad Social Nº 1/2018, y disponer la actualización de las remuneraciones a las que se refiere el artículo 24 de la Ley 24.241 del modo dispuesto recientemente por la Corte (Fallos “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, sentencia del 18 de diciembre de 2018...)."
"Otras consideraciones: 'Las diferencias resultantes a favor de la parte actora, deberán ser abonadas sin quita alguna, en coherencia con lo establecido por el Tribunal cimero, al fallar en la causa “Pellegrini, Américo c/ Anses s/ reajustes varios” del 28/11/06.' 'Los intereses, se liquidarán desde que cada suma es debida conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. CSJN, in re: “Spitale Josefa Elida c/ANSeS s/impugnación de resolución”, del 14/9/04, “Cahais” Fallo 340:483).'"
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia en el dispositivo final; el decisorio es de primera instancia dictado por un único juez, por lo que no aplica mayorías/disidencias.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.