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Primera Instancia

SANTANDER JULIO CESAR Y OTROS c/ SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Demandantes impugnaron el Decreto 586/19 y la Resolución MJyDH 607/19 pidiendo que el suplemento por antigüedad se liquide al 2% por año. El Juzgado rechazó la demanda y concluyó que el nuevo régimen no produce perjuicio confiscatorio sino un incremento del haber mensual, por lo que no procede la reliquidación reclamada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 5 - SECRETARIA Nº 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 002015/2021
Suplemento antiguedad Decreto 586/19 Resolucion 607/19 Servicio penitenciario federal Haber de retiro Derecho adquirido Inembargabilidad/ progresividad Costas Honorarios Reliquidacion.

¿Quién es el actor?

JULIO CESAR SANTANDER, HECTOR JUAN SANTANDER y GUMERCINDO GOMEZ.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Servicio Penitenciario Federal (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se impugna el Decreto 586/19 y la Resolución MJyDH 607/19 y se solicita la liquidación del suplemento por Antigüedad de Servicios (S.A.S.) en un 2% del haber mensual por cada año de servicio (en lugar del 0,5% establecido por la normativa cuestionada), con retroactividad, intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda interpuesta por los actores; se impusieron las costas por su orden y se regularon honorarios de 5 UMA ($540.025).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En lo relativo a la cuestión de fondo, la parte actora solicita se liquide en su haber mensual el suplemento por Antigüedad de Servicios en un 2% del haber mensual por cada año de servicio, y no en el 0,5% establecido a partir del Decreto 586/19... Ahora bien, el art. 9 de la ley 13.018 dispone que '… cualquiera sea la situación de revista que tuviere el personal en el momento de su pase a retiro, se computará, a los efectos de determinar su haber de retiro, el importe de su último sueldo. Entiéndase por sueldo, la asignación mensual fijada por presupuesto, más los suplementos, bonificaciones, etcétera, de cualquier naturaleza, por los que se le efectúen descuentos jubilatorios'; mientras que el art. 95 de la ley 20.416... establece -en su parte pertinente- que '… La retribución estará integrada por el sueldo, bonificaciones, y todo suplemento o compensación que las leyes y decretos determine...'."

"Específicamente en lo que respecta al objeto de autos... el Suplemento general por 'Antigüedad de Servicios (S.A.S.)'... consistirá en una suma mensual remunerativa proporcional del haber mensual por cada año de servicio prestado en la institución... la Resolución 607/2019... estableció en su Artículo 7° 'Créase, con carácter remunerativo y no bonificable, el suplemento general por “Antigüedad de Servicios (S.A.S.)”... equivalente al CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5%) del haber mensual... por cada año de servicio prestado en la institución.'"

"Del análisis integral de la normativa aplicable no se evidencia la existencia de un perjuicio confiscatorio, sino que, por el contrario, se verifica un notable incremento del haber mensual, como así también un incremento en el monto bruto y en el neto a percibir."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia en el expediente; la decisión adoptada por la Jueza Federal es la que resuelve la causa.

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