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Cámara de Apelaciones

RAIZEN ARGENTINA SAU (TF 107846361-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO

Recurso directo contra la DGA por regulación de honorarios profesionales. La Cámara confirmó los honorarios del Dr. Andrés M. Galíndez y reglamentó los emolumentos del letrado apoderado en 1,95 U.M.A. ($210.609,75), ordenando su pago conforme al art. 51 de la ley 27.423.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 016295/2024/CA002
Recurso directo Honorarios Regulacion U.m.a. Ley 27.423 Art. 51 Dga Raizen argentina Emolumentos Iva

¿Quién es el actor?

RAIZEN ARGENTINA SAU.

¿A quién se demanda?

Dirección General de Aduanas (DGA) / organismo externo (según carátula).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso directo relativo a la regulación y reconocimiento de honorarios profesionales por la actuación letrada en el expediente fiscal y en instancias extraordinarias.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la regulación de honorarios en favor del Dr. Andrés M. Galíndez por su representación y dirección letrada, y se regularon los emolumentos del letrado apoderado en 1,95 U.M.A., equivalentes a $210.609,75, debiéndose cancelar conforme al art. 51 de la ley 27.423, sin incluir el IVA que podrá adicionarse según corresponda.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1º) Que, en atención a la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y la trascendencia de la cuestión en debate; y considerando el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada durante única etapa cumplida ante el Tribunal Fiscal, corresponde CONFIRMAR los honorarios regulados en favor del doctor Andrés M. Galíndez, quien actuó por la representación y dirección letrada de la parte actora (arts. 16, 19, 21, 29, 51 y ccdtes. de la ley 27.423 y CSJN resolución SGA nº 2622/26)."

"2º) Que, asimismo, teniendo en cuenta lo establecido en el art. 30 y demás ccdtes. de la ley n° 27.423, la trascendencia del asunto discutido y la entidad de los trabajos cumplidos ante esta alzada (v. expresión de agravios y contestación de traslado del recurso extraordinario, del 9/5/24 y 29/4/25, respectivamente), corresponde REGULAR en la cantidad de 1,95 U.M.A —equivalentes a la suma de $210.609,75— los emolumentos del mencionado profesional, quien actuó como letrado apoderado de la parte actora (arts. 16, 19, 20, 21, 22, 25, 29, inc. c y f, 30, 51 y 58, inc. b, y ccdtes. de la ley n° 27.423; y resolución SGA nº 2622/26)."

"Se deja constancia que las regulaciones que anteceden deberán cancelarse de acuerdo con lo previsto en el artículo 51 de la ley 27.423, y que no incluyen el Impuesto al Valor Agregado, monto que —en su caso— deberá ser adicionado conforme a la situación del profesional interviniente frente al citado tributo. ASÍ SE RESUELVE."

¿Cómo votaron los jueces?

Se deja constancia de que el Dr. Marcelo Daniel Duffy no suscribe la presente por hallarse en uso de licencia; no consta votación en disidencia material respecto de la resolución.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia

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