OLEAGINOSA MORENO HERMANOS SA (TF 30807-A) c/ DGA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO
Recurso directo promovido por Oleaginosa Moreno Hermanos S.A. contra la DGA por regulación de honorarios. La Cámara admitió el pedido y elevó y reguló los honorarios de los Dres. Adrián M. Míguez y Julio C. Lascano a las sumas indicadas por la entidad y la importancia del litigio.
¿Quién es el actor?
OLEAGINOSA MORENO HERMANOS S.A. (parte actora).
¿A quién se demanda?
Dirección General de Aduanas (DGA) / organismo con intervención administrativa.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso directo de organismo externo (revisión/regulación de honorarios profesionales devengados en la actuación administrativa/tribunal fiscal y ante la alzada).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Contencioso Administrativo Federal —Sala IV— hizo lugar al reparto de honorarios ordenando: i) elevar a PESOS NUEVE MILLONES SEISCIENTOS MIL ($9.600.000) y TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL ($3.840.000) los honorarios regulados a favor de los Dres. Adrián Marcelo Míguez y Julio Carlos Lascano por su actuación en la etapa ante el Tribunal Fiscal; ii) regular ante esta alzada, en virtud del art. 30 y concordantes de la ley 27.423, los honorarios de los mismos profesionales en $2.879.889,48 (31,14 UMA) y $1.152.325,72 (12,46 UMA), respectivamente. Se aclaró que las retribuciones no incluyen el IVA, que deberá adicionarse cuando corresponda. Asimismo se hizo constar que el juez Marcelo Daniel Duffy no suscribe por estar en uso de licencia. Regístrese, notifíquese y devuélvase.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, en atención a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación –por mayoría– en Fallos: 341:1063 y 345:220; y ponderando la naturaleza del proceso, su monto, la importancia de la cuestión debatida, la forma en que fueron impuestas las costas y la calidad y eficacia de las labores desarrolladas en la única etapa efectivamente cumplida del proceso ante el Tribunal Fiscal, corresponde: i) ELEVAR a las sumas de PESOS NUEVE MILLONES SEISCIENTOS MIL ($9.600.000) y TRES MILLONES OCHOCIENETOS CUARENTA MIL ($3.840.000), respectivamente, los honorarios regulados a favor de los doctores Adrián Marcelo Míguez y Julio Carlos Lascano, quienes se desempeñaron por la dirección letrada y representación de la parte actora (cfr. arts. 6º, 7º, 9º, 19, 37, 38 y concordantes de la ley 21.839)."
"ii) Que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 30 y concordantes de la ley 27.423, en atención a la importancia del asunto discutido —recurso extraordinario federal— y a la entidad de las tareas desempeñadas ante esta alzada, corresponde REGULAR en las sumas de $2.879.889,48 —equivalentes a 31,14 UMA— y $1.152.325,72 —equivalentes a 12,46 UMA—, respectivamente, los honorarios de los doctores Adrián Marcelo Míguez y Julio Carlos Lascano (arts. 16, 19, 21, 30, 51 y concordantes de la ley 27.423; resol. SGA nº 2622/26)."
"Se deja constancia que las retribuciones que anteceden no incluyen el Impuesto al Valor Agregado monto que -en su caso- deberá ser adicionado conforme a la situación de cada uno de los profesionales intervinientes frente al citado tributo."
¿Cómo votaron los jueces?
Se deja constancia de que el juez Marcelo Daniel Duffy no suscribe la presente por encontrarse en uso de licencia; no consta voto en disidencia material sobre la resolución adoptada por los firmantes.
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Leyes que cita
- Ley 21.839Aranceles y honorarios de abogados
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
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