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Cámara de Apelaciones

NOBILI, ALEXIS DAMIAN Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - PNA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Incidente para regulación de honorarios del letrado por la representación en la alzada en causa sobre personal militar y de seguridad. La Cámara reguló los honorarios del Dr. Rubén Darío Poisson en $108.005 (1 UMA) y dispuso que el IVA integra las costas y se adicionará si el profesional está responsable inscripto; la Dra. Caputi se abstuvo por licencia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA II
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 001125/2016
Honorarios Regulacion Iva Uma Incidente Contencioso administrativo federal Defensa de la actora Costas Ley 27.423 Pago de tributo

¿Quién es el actor?

NOBILI, ALEXIS DAMIAN y otros.

¿A quién se demanda?

EN - M Seguridad PNA (Estado Nacional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incidencia incidental para la regulación de honorarios del letrado apoderado por la labor en la alzada en el proceso principal (expte. sobre personal militar y civil de las FFAA y de seguridad).

¿Qué se resolvió?

Se regularon los honorarios del Dr. Rubén Darío Poisson en la suma PESOS CIENTO OCHO MIL CINCO ($108.005) – equivalente a 1 UMA – y se ordenó que el importe del IVA integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios cuando el profesional sea responsable inscripto; en caso de no haber denunciado su condición frente al IVA, el plazo para el pago del tributo correrá desde la fecha en que lo haga. Regístrese, devuélvase y notifíquese en la instancia de origen a cargo del interesado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en atención a lo solicitado en las presentación de fecha 3/06/2026, cabe tener en cuenta la naturaleza del asunto, el resultado obtenido y monto del litigio involucrado; en atención el valor, motivo, extensión y calidad jurídica de la labor desarrollada ante la alzada relacionada con la incidencia resuelta con fecha 18/12/2025 (conf. contestación de traslado de fecha 30/10/2025), corresponde regular en la suma PESOS CIENTO OCHO MIL CINCO ($108.005) – equivalente a 1 UMA-, los honorarios del DR. RUBEN DARIO POISSON, letrado apoderado, actuante en la defensa de la actora (arts. 16, 20, 21, 29 inc. g), 30, ccdtes. y citados de la ley 27.423-Dto. Nº 1077/17)."

"El importe del impuesto al valor agregado integra las costas del juicio y deberá adicionarse a los honorarios, cuando el profesional acreedor revista la calidad de responsable inscripto en dicho tributo (conf. esta Sala in re: 'Beccar Varela Emilio - Lobos Rafael Marcelo –c/Colegio Públ. de Abog.' del 16 de julio de 1996)."

"Para el caso de que el profesional no haya denunciado la calidad que inviste frente al IVA, el plazo para el pago del tributo sobre el honorario regulado, correrá a partir de la fecha en que lo haga."

¿Cómo votaron los jueces?

La doctora Maria Claudia Caputi no suscribe la presente por hallarse en uso de licencia (art. 109 del RJN); no existe voto en disidencia expreso en el texto transcripto.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia

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