c/ Borbolla María Mafalda s/ homicidio culposo (art.84 C.P.) (en perjuicio de S.M.M.) S/ CASACIÓN
La defensa de Maria Mafalda Borbolla interpuso recurso de casación contra su condena por homicidio culposo (art. 84 CP). La Sala Segunda rechazó el recurso y confirmó la sentencia del Primer Juzgado Correccional por entender acreditada la culpa profesional de la anestesista por la falta de monitoreo y desfibrilador en quirófano.
¿Quién es el actor?
La defensa de Maria Mafalda Borbolla (recurrente en casación).
¿A quién se demanda?
La sentencia dictada por el Primer Juzgado Correccional (parte recurrida ante la Corte - Ministerio Público se pronunció por el rechazo).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicitó la casación de la condena por homicidio culposo (art. 84 CP) impuesta a Borbolla, por vicios en la valoración probatoria, error in iudicando, y falta de justificación del nexo causal y de la culpa.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación y se confirmó la sentencia del Primer Juzgado Correccional. Votación unánime de la Sala Segunda (Drs. Eugenio R. Barbera, Raúl J. Iglesias y Maximiliano Blejman).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En consecuencia , considero que el fallo resulta justo y adecuado a derecho, adhiriendo por mi parte a las razones brindadas a fs. 877/919 vta., independientemente de las citas efectuadas precedentemente- doy por reproducidas in íntegrum, honrando la brevedad."
"Por todo lo precedentemente fundado, concluyo que no existen los vicios que el recurso pregona, ya que la sentencia recaída constituye un pronunciamiento adecuado a derecho. En atención a lo cual, válido y considero que se impone la plena confirmación de la misma. Así lo voto."
Texto del dispositivo final reproducido literalmente:
"el Tribunal RESUELVE:
I) Rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Maria Mafalda Borbolla. II) Confirmar la sentencia dictada por el Primer Juzgado Correccional. Protocolícese, notifíquese y oportunamente bajen los autos."
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