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Tribunal Superior

c/ Alvarez Jesica, Alvarez Aldo y Alvarez Miguel - por robo agravado en perjuicio de Quispe Hugo S/ CASACIÓN

La defensa de Miguel Ángel Álvarez interpuso recurso de casación contra la condena por robo doblemente agravado. La Cámara rechazó el recurso y confirmó la sentencia de primera instancia, entendiendo que la convicción del tribunal de mérito se sustenta en prueba legítima y razonada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
6876
Robo agravado Casacion Valoracion de la prueba Reconocimiento fotografico Reconocimiento en rueda Confirmacion de sentencia In dubio pro reo (alegado) Pena seis anos Evidencia testimonial Camara en lo penal

¿Quién es el actor?

Dra. Adriana Cabrera de Pandiella, en representación de Miguel Ángel Álvarez (recurrente por casación).

¿A quién se demanda?

Tribunal que dictó la sentencia recurrida (Sala Segunda de la Cámara en lo Penal y Correccional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se impugna la condena por el delito de "robo doblemente agravado por el uso de arma, y por ser cometido en poblado y en banda" (arts. 166 inciso 2; 167 inciso 2; y 54 CP), solicitando la absolución por falta de motivación y errónea valoración probatoria y normativa.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación y se confirmó la sentencia dictada por la Sala Segunda de la Cámara en lo Penal y Correccional de fecha 22/03/2017, que condenó a Miguel Ángel Álvarez a seis años de prisión, costas y accesorios legales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"señalo que la sentencia dictada se sustenta en prueba legítima y perfectamente habilitante de una razonable posición cognoscitiva de certeza."

"Así vemos que la participación de Miguel Angel Alvarez en el hecho criminal se sustenta básicamente, y por sobre todas las cosas, en la denuncia radicada por Víctor Manuel Córdoba y sus declaraciones (fojas 14 y vta., la denuncia de Hugo Sergio Quispe y sus distintas deposiciones {fojas 15, 22/23, 212 y vta, y 521); y los testimonios de la Sra. (fojas 83/84, 296/297 (fojas 135, 25~/l y 524) E.C.P. D.S.V. (fojas 3 y vta., 220 y vta.), y S.E.P. 523)."

"Así también resultaron de valor decisivo los reconocimientos de las vestimentas que utilizaron en la ocasión del asalto los imputados, por parte de los testigos ... El reconocimiento fotográfico efectuado por el testigo V. (fojas 87), donde de modo indubitable sindicó al encartado Miguel Angel Alvarez ... diligencia probatoria ésta que se vio plenamente confirmada y judicializada con el reconocimiento en rueda de personas practicado a fojas 298/299..."

(Se consignan los párrafos que explican la valoración de la prueba y la irrevisabilidad en casación cuando el razonamiento no aparece arbitrario ni falto de lógica.)

¿Cómo votaron los jueces?

Voto del Dr. José Abel Soria Vega y adhesión de los Dres. Adolfo Caballero y Juan Carlos Caballero Vidal; acuerdo unánime del Tribunal.

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