JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales c/ Municipalidad de la Ciudad de San Juan - amparo S/ INCONSTITUCIONALIDAD Y CASACIÓN 737

El Sindicato demandó por acción de amparo e inconstitucionalidad contra la Municipalidad de la Ciudad de San Juan, impugnando ordenanzas y la aplicación del CCT 3/95 y solicitando que se ordene el respeto de derechos laborales adquiridos. La Sala Segunda desestimó el recurso de casación interpuesto por el recurrente, confirmando la decisión de la instancia anterior y rechazando la declaración de inconstitucionalidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
6928
Casacion Inconstitucionalidad Amparo Municipalidad de san juan Ordenanzas 11.965-11.966 Cct 3/95 Derechos laborales Improcedencia del control amplio Desestimacion Notificaciones

¿Quién es el actor?

Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales de la Ciudad de San Juan (actor/amparista).

¿A quién se demanda?

Municipalidad de la Ciudad de San Juan.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de amparo e inconstitucionalidad contra la Municipalidad por la vigencia/modificación unilateral de normas municipales (ordenanzas 11.965 y 11.966 y actos administrativos) y la aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo CCT 3/95; se solicitó la declaración de inconstitucionalidad y la orden de cesar actos que afectarían derechos laborales adquiridos.

¿Qué se resolvió?

Se desestimó el recurso de casación interpuesto por el recurrente; se rechazó la pretensión de declarar la inconstitucionalidad. Se ordenaron las actuaciones procesales complementarias indicadas en el dispositivo (oficios, agregados de copias, notificaciones).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"RESUELVE:

I)

Desestimar

inconstitucionalidad

al

recurrente

ordenar

al

que

expediente

mitir

otra

chívese

el

los

copias

para

traslado

acompañadas.

III)

protocolice

la

presente,

se

agregue

copia

quo

a

se

copia.

oficie

IV)

al

tribunal

Notifíquese

a

y,

II)

de

casación

y

planteados.

recursos

y

las

se

formalmente

oportuna

expediente."

y

"En efecto,

con

la

ordenanzas

11.965

y

11.966.

que

excede

el

marco

Corte

de

acción

amparo

el

(PRE

S.2

administrativo

revisora

instancia

cluso

la

cioso

administrativo

administrativo

otros)."

(El primer extracto corresponde al bloque dispositivo final que resuelve el asunto; el segundo refleja los razonamientos del Tribunal sobre la improcedencia/amplitud del control por vía de amparo en la materia cuestionada.)

¿Cómo votaron los jueces?

Del texto no surge votación contradictoria ni disidencia expresada en la parte dispositiva; firmaron los ministros Juan Carlos Zoale (sic en el texto: Z6ALE), Adolfo Caballero y Guillermo Horacio De Sanctis, quedando el dispositivo final como mandamiento de la mayoría.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.