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Tribunal Superior

Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales y otros c/ Municipalidad de Rivadavia - amparo S/ INCONSTITUCIONALIDAD Y CASACIÓN

El sindicato promovió acción de amparo e inconstitucionalidad y casación contra decretos municipales que revocaron designaciones efectuadas en el marco del Programa de Inserción Laboral (PIL). La Sala Segunda rechazó los recursos por improcedente la vía del amparo para controlar la legitimidad de actos administrativos y ordenó imponer costas a la parte amparista.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
6757
Amparo Casacion Improcedencia Actos administrativos Programa de insercion laboral (pil) Despidos Municipal Via administrativa Costas Control de legitimidad

¿Quién es el actor?

Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales y otros (amparista).

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Rivadavia (Intendente Dr. Fabián Martín).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se solicitó que se declare la nulidad absoluta e inconstitucionalidad de los Decretos Nº 3084/2015, 3085/2015, 3086/2015 y 3087/2015 que revocaron designaciones de personal realizadas en el marco del Programa de Inserción Laboral (PIL); la reinstalación, pago de salarios, aportes y demás obligaciones laborales y que se ordene al Municipio y a Nación/Provincia las medidas necesarias para la continuidad del pago y la regularización.

¿Qué se resolvió?

La Corte provincial rechazó los recursos de inconstitucionalidad y de casación interpuestos por la actora, confirmó la improcedencia del amparo por no ser la vía idónea para el control de legitimidad de actos administrativos, y condenó en costas a la amparista.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En síntesis, nos encontramos ante una acción de amparo en que se pide la declaración de nulidad absoluta de actos administrativos, donde los amparistas no instaron la vía recursiva administrativa ni ejercieron la facultad conferida por la ley 135-A en cuanto a solicitar la suspensión de la ejecución de los actos. Todo ello me persuade de que el amparo resulta improcedente por no ser la vía judicial más idónea."

"Así las cosas, independientemente de los fundamentos de la sentencia y de los agravios de la amparista, propiciaré el rechazo de los recursos, por las siguientes razones."

Bloque dispositivo final (texto literalmente extraído):

"RESUELVE: I) Rech azar los recur sos de incon stitu cionalid ad y casac ión inter pues tos II) Impon er las costa s a la ampa rista, venci da. III) Orden ar que se proto colic prese nte y se agreg ue copia al exped iente principal y disp oner que estos expedientes bajen al Tribunal de origen y que oportunamente archívense."

(Votos de los Dres. Adolfo Caballero y Juan Caballero Vidal: "Por sus fundamentos, adherimos al voto precedente".)

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