Provincia de San Juan C/ Dominguez Fabio - ejecutivo S/ INCONSTITUCIONALIDAD 386
La Provincia de San Juan inició ejecución fiscal por diez cuotas del impuesto de radicación de automotores (año 2008) y planteó recurso de inconstitucionalidad contra la aplicación del artículo 100 del Código Tributario. La Corte rechazó el recurso de inconstitucionalidad pero confirmó que el artículo 100 es inconstitucional en cuanto dispone eximir de costas al Fisco cuando éste se allana a las excepciones opuestas.
¿Quién es el actor?
Provincia de San Juan (entidad ejecutante).
¿A quién se demanda?
Fabio Domínguez (ejecutado).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución fiscal por diez cuotas del impuesto a la radicación de automotores del año 2008; controversia sobre imposición de costas y aplicación del artículo 100 del Código Tributario (exención de costas al Fisco en caso de allanamiento a las excepciones).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto; se confirmó, sin embargo, la inconstitucionalidad del artículo 100 del Código Tributario en cuanto dispone la imposición de costas por su orden en el caso de allanamiento del Fisco a las excepciones. Se ordenó agregue copia de la declaración de costas y protocolice la orden concreta que se impone en el caso, que se incorpore al expediente y a los autos principales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las costas se impondrán al vencido; salvo el caso de allanamiento del fisco a las excepciones opuestas."
"En virtud de ello , considera que el artículo 100 de la ley provincial 151-I constituye un avasallamiento a los principios constitucionales de igualdad de las partes ante la ley y de propiedad , al crear un inapropiado privilegio a favor del Fisco vencido."
"Existe la posibilidad de que, aplicada a un caso concreto, la regla de la imposición de costas por su orden cause que se violen los derechos de igualdad y de propiedad de la parte ejecutada."
Bloque dispositivo final (texto extraído literalmente):
"I) Rechazar el recurso de inconstitucionalidad.
II) Confirmar, en cuanto de declarar la inconstitucionalidad por del artículo 100 del Código Tributario en cuanto se impone las costas por su orden en el caso de allanamiento del Fisco a las excepciones.
III) Ordenar que agregue copia presente, su del declaración el la costas 100 la en protocolice las concreto, orden se impone del caso que se al expediente y a los autos principales y que estos bajen al ..."
¿Cómo votaron los jueces?
El voto del Dr. José Abel Soria Vega exponiendo el análisis fue acompañado por los Dres. Ángel Humberto Medina Palá y Adolfo Caballero (adhieren al voto precedente). No consta disidencia.
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