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Tribunal Superior

c/ Guizzardi José Osvaldo s/ homicidio culposo (art.84 C.P.) e/p de Manzur Estefanos Azzam S/ CASACIÓN 256

El imputado Osvaldo Guizzardi interpuso recurso de casación contra la condena por homicidio culposo. La Sala Segunda rechazó el recurso de casación y confirmó la sentencia condenatoria previa por estimar que la valoración probatoria y la convicción condenatoria estaban debidamente justificadas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
6951
Homicidio culposo Casacion Condena Prueba pericial Valoracion probatoria Arbitrariedad Confirmacion de fallo Responsabilidad por accidente de transito Sala segunda Osvaldo guizzardi

¿Quién es el actor?

Osvaldo Guizzardi (recurrente por casación, defensa).

¿A quién se demanda?

Tribunal sentenciador / Fiscalía / Estado procesal (impugnación de la sentencia penal que lo condenó).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se solicita la casación de la sentencia que condenó a Guizzardi por el delito de homicidio culposo (art. 84 C.P.) en relación con un accidente de tránsito.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto por Osvaldo Guizzardi y se confirmó la sentencia de mérito; por mayoría el tribunal entendió que no se acreditaron vicios que justifiquen la casación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Rechazar ... el que recurso de casación de Osvaldo Guizzardi." (texto literal extraído de la parte resolutiva).

"Confirmar autos." (texto literal extraído de la parte resolutiva).

Párrafos relevantes (transcripción literal tal como figura en el texto):

"Tengo me convicción fallo bas se que la encuentra existentes, defensa tan posición condenatoria debidamente justificada resultando sólo meras valoración que la"

"La sentencia atacada, ... dispuso condenar ... pena 26 ..."

"Tan solo se desestime en sus partes."

En conjunto, el tribunal entiende que la valoración de pruebas (pericial, testimonios y fotografías) y la motivación de la sentencia de mérito no exhiben arbitrariedad ni vicios de nulidad que permitan la intervención extraordinaria de la Sala en sede de casación.

¿Cómo votaron los jueces?

la resolución se adopta por mayoría; los ministros intervinientes adhieren al voto mayoritario (no surge disidencia significativa en el bloque resolutorio).

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