CHISTY, DANIEL c/ ARCA s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
Se dictó sentencia en acción declarativa de inconstitucionalidad contra ARCA (ex AFIP) por la aplicación del impuesto a las ganancias sobre haberes previsionales. El Juzgado hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen respecto de jubilaciones y ordenó la devolución de las retenciones y la abstención de futuros descuentos.
¿Quién es el actor?
C., D. (jubilado).
¿A quién se demanda?
ARCA (ex AFIP), Agencia de Recaudación y Control Impositivo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicita la declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen del impuesto a las ganancias (arts. indicados de la Ley 20.628 y sus modificaciones por leyes 27.346, 27.430, 27.725, 27.743 y normas reglamentarias), respecto de jubilaciones, pensiones, retiros y subsidios; se reclama la cesación del cobro, la devolución de retenciones no prescriptas y costas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad, para el caso concreto, del régimen del impuesto a las ganancias contemplado en los arts. 1º, 2, 82 inc. “c” y cctes. de la Ley 20.628 y sus modificaciones (leyes 27.346, 27.430, 27.725 y 27.743) y de las normas, resoluciones y actos administrativos concordantes; se ordenó que la demandada reintegre en 10 días las sumas retenidas por los períodos no prescriptos más tasa pasiva promedio del BCRA; que el organismo liquidador se abstenga de efectuar futuras retenciones; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios por $2.376.110 (con indicaciones sobre IVA y CBU).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“La mengua del haber previsional mediante la retención de un porcentaje de aquel, en concepto de impuesto a las ganancias, afecta notablemente su esencia, y por lo tanto le impide cumplir con su finalidad.”
“Sumado a ello, no puede considerarse al haber previsional como una ganancia. La ganancia es una utilidad obtenida por una prestación o una renta; y el haber jubilatorio no cuenta con estas características, su finalidad es paliar la contingencia vejez, y está financiado por los aportes efectuados durante la vida activa.”
El fallo remite y sigue el criterio de la CSJN en “García María Isabel c/ AFIP s/Acción Meramente Declarativa de Inconstitucionalidad” donde “la Corte Suprema de Justicia de la Nación ... ha declarado la inconstitucionalidad de los arts.23, inc. c); 79, inc. c); 81 y 90 de la ley 20628, texto según leyes 27346 y 27430.”
¿Qué se resolvió?
“Hacer lugar a la demanda ... declarar, inconstitucionalidad e para el caso inaplicabilidad concreto, del régimen de impuesto a las ganancias ... Disponer que la accionada proceda a reintegrar ... los montos que se le hubieren retenido ... y hasta su efectivo pago, más tasa pasiva promedio del BCRA ... Ordenar se notifique ... al organismo liquidador ... para que se abstenga de realizar la retención ... Imponer las costas a la demandada ... Regular los honorarios ... $2.376.110 ...”
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia en la parte resolutiva; la decisión es unipersonal (firmada por el Juez Federal Daniel Edgardo Alonso).
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Leyes que cita
- Ley 20.628Impuestos a las ganancias
- Ley 27.346Impuesto a las ganancias, iva y regimen simplificado para pequeños contribuyentes
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