JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

CRUZ SALUSTIANO, ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

Demandante previsional reclamó reajuste de haberes y recomposición por bonos extraordinarios. La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia respecto de la recomposición desde 09/2022 vinculada al Bono Extraordinario Previsional, declaró inconstitucional el art. 1° de la ley 27.609 y confirmó el resto de la sentencia, imponiendo costas a la vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE MAR DEL PLATA
Jurisdicción
Federal · Buenos Aires
Expediente
FMP 012133/2025/CA001
Reajuste de haberes Ley 27.609 Inconstitucionalidad Bono extraordinario previsional Anses Ipc-indec Impuestos a las ganancias Costas Ejecucion de sentencia Mar del plata

¿Quién es el actor?

CRUZ SALUSTIANO ANTONIO.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haberes previsionales y recomposición por la aplicación de la ley 27.609, tratamiento de bonos extraordinarios, exención del impuesto a las ganancias e imposición de costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia en cuanto ordenaba recomponer el haber a partir del mensual 09/2022 y hasta que deje de otorgarse el "Bono Extraordinario Previsional"; declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del art. 1° de la ley 27.609 para este caso y remitió a lo resuelto en el fallo Palacios; confirmó el resto de la sentencia apelada y condenó en costas a la parte vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609, debiendo estarse al Índice de Precios al Consumidor que publica el INDEC."

"En consecuencia, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, e imponer las costas a la vencida. (art. 36 de la ley 27.423 y art. 68 del CPCCN)."

"I.- REVOCAR parcialmente la sentencia en cuanto ordena RECOMPONER el haber a partir del mensual 09/2022 y hasta que deje de otorgarse el actualmente llamado 'Bono Extraordinario Previsional', y en consecuencia confirmar la DECLARACION DE INCONSTITUCIONALIDAD e INAPLICABILIDAD al caso de Autos, del art. 1º de la ley 27.609, debiendo aplicarse aquí lo resuelto en el fallo 'PALACIOS, JUAN CEFERINO c/ ANSeS s/REAJUSTES VARIOS, Expediente Nº 4223/2024'..."

¿Cómo votaron los jueces?

No consta disidencia en el bloque resolutorio incorporado; se dejó constancia de excusación del Dr. Santiago J. Martín.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.