ROLDAN, MONICA VIVIANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSeS por el recálculo de su pensión directa y pago de retroactivos. El Juzgado Federal rechazó parcialmente la demanda, hizo lugar a la excepción de prescripción respecto de sumas anteriores a dos años, ordenó recalcular el ingreso base, dispuso pago de retroactivos con intereses y declaró inconstitucionales varios preceptos legales y reglamentarios para determinados efectos.
¿Quién es el actor?
Mónica Viviana Roldan (representada por Dra. María Agustina Rodera).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recalculo del haber de pensión directa (ingreso base), actualización de remuneraciones (ISBIC y art.32 ley 24.241/26.417), reconocimiento de movilidad y pago de retroactivos con intereses; además, se solicitó la declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (ley 27.541, arts. de ley 27.609, art. 14 Res. 06/09, art.9 ley 24.463, art.82 inc.c ley 20.628, entre otras).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la excepción de prescripción liberatoria respecto de las sumas devengadas con anterioridad a los dos años anteriores al reclamo administrativo; se rechazó parcialmente la demanda y se ordenó recalcular el ingreso base que integra el haber inicial de la pensión directa conforme las pautas fijadas en la sentencia; se ordenó abonamiento del nuevo haber y de las retroactividades con más intereses calculados según la tasa pasiva promedio del BCRA; se rechazó la inconstitucionalidad de la ley 27.541; se declaró la inconstitucionalidad del art.1 de la ley 27.609 desde 2022 y se ordenó actualización trimestral (50% IPC INDEC / 50% RIPTE) hasta trim. ene-mar 2024; se declaró la inconstitucionalidad del art.9 inc.3 ley 24.463 en caso de acreditarse confiscatoriedad, la inconstitucionalidad del art.14 inc.2 Res. 06/09 SSS y la inconstitucionalidad del art.82 inc.c ley 20.628 en caso de superar el mínimo no imponible; se impusieron costas a la vencida y se difirió regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
“De acuerdo a lo establecido en el art. 168 de la ley 24.241 (conf. art. 82 de la ley 18.037), prescribe a los dos años la obligación de pagar los haberes devengados con posterioridad a la solicitud del beneficio.”
“Que, por ello, corresponde atender al reclamo de la parte actora, ordenando que las remuneraciones computables a efectos de determinar el ingreso base computable hasta el mensual febrero 2009 sean actualizadas de acuerdo al índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (ISBIC), establecido por la Resolución 140/95, sin la limitación temporal referida en dicha norma (cf. ‘ELLIFF’).”
“Conforme lo allí señalado, respecto al período mencionado, ‘…se generó un apartamiento progresivo entre la movilidad aplicada y los mencionados indicadores, que arroja como resultado una depreciación acumulada para los haberes de pasividad en el período comprendido entre los meses de enero de 2021 a marzo de 2024, del 97,29% en relación al IPC y del 66,18% en comparación al RIPTE…’.”
“En función de lo expuesto, se resuelve declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 a partir del año 2022 y ordenar a la administración demandada a actualizar los haberes previsionales en forma trimestral… con la fórmula indicada compuesta en un 50% por las variaciones en el IPC (Nivel General) del INDEC y en un 50% por las variaciones en el índice RIPTE… hasta el trimestre enero-marzo 2024 inclusive.”
“En función de lo expuesto, y conforme a los precedentes citados a cuyos fundamentos me remito y doy por reproducidos, se dispone que, en caso de que al practicar la liquidación... los montos resultantes en cada concepto superen el mínimo no imponible fijado para el tributo en cuestión, se declara la inconstitucionalidad del art. 82 inc. c de la ley 20.628 (conf. Decreto 824/2019).”
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia en este pronunciamiento (sentencia unipersonal dictada por la Sra. Juez Federal Maria Gabriela Marron).
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Leyes que cita
- Ley 20.628Impuestos a las ganancias
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463Solidaridad previsional
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 27.541Emergencia publica
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