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Cámara de Apelaciones

Legajo Nº 66 - IMPUTADO: GUIMIL , NICOLAS NAHUEL Y OTROS s/LEGAJO DE CONTROL

Solicitud de prórroga de prisiones preventivas de múltiples imputados por la Ley 24.390. La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota y homologó la prórroga por el término de un mes o hasta la finalización del debate, a fin de garantizar la presencia de los imputados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FSM 026391/2020/TO01/66/CFC035
Prision preventiva Prorroga Ley 24.390 Camara federal de casacion penal Tribunal oral federal n.? 3 de san martin Audiencia de debate Garantia de presencia Fiscal general Homologacion Proceso penal

¿Quién es el actor?

El representante del Ministerio Público Fiscal de la instancia anterior (Fiscal General ante la Cámara).

¿A quién se demanda?

Los imputados — David Ezequiel Carrera; Yamila Tamara Lazarte; Jeremías Gonzalo Díaz; Analía Romina Pereira; Pascual Luis Verón; Nicolás Nahuel Guimil; Andrés Bernardo Dibernardi; Héctor Luis Lorenzo Dibernardi; Natalia Guimil; Esteban Quiñones — y, en cuanto al acto revisor, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 3 de San Martín como autoridad de origen.

Objeto de la petición: Prorrogar las prisiones preventivas decretadas en el marco del proceso penal caratulado “GUIMIL, Nicolás Nahuel y otros s/ Ley 24.390”.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota y homologó la resolución del Tribunal Oral n.º 3 de San Martín que prorroga la prisión preventiva de los imputados en los plazos indicados (a partir del 22/10/2026 para Carrera, Lazarte, Díaz, Pereira y Verón; a partir del 3/11/2026 para N. Guimil; y a partir del 4/11/2026 para A. B. Dibernardi, H. L. Dibernardi, N. Guimil y E. Quiñones), por el término de un (1) mes o hasta la finalización del debate oral, lo que ocurra primero, en conformidad con el art. 1 de la ley 24.390. Regístrese y notifíquese al representante del Ministerio Público Fiscal; remítase al tribunal de origen mediante pase digital.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que habrá de tomarse nota de las prórrogas de las prisiones, ello teniendo en cuenta que el 25 de marzo pasado se dio inicio a la audiencia de debate designada en las actuaciones, razón por la cual, a fin de garantizar la presencia de los imputados, es que estimamos conveniente mantener la medida impuesta, por el término de un mes o hasta la finalización del proceso, lo que ocurra primero (arts. 75 inc. 22 de la C.N., 9.3 del PIDCyP y 7.5 de la CADH)."

"Conferida la vista al señor Fiscal General ante esta Cámara consideró que debe ser homologada la resolución que prorroga la prisión preventiva de los imputados."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registra voto en disidencia en el acuerdo.

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