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Cámara de Apelaciones

Legajo Nº 1 - IMPUTADO: GIMENEZ, MATIAS ALEJANDRO s/LEGAJO DE CASACION

El Ministerio Público Fiscal interpuso recurso de casación contra la declaración de prescripción de la pena de multa impuesta a Matías Alejandro Giménez. La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, hizo lugar al recurso, revocó la decisión recurrida y remitió las actuaciones al tribunal de origen.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CASACION PENAL - SALA 4
Fuero
FEDERAL DE CASACIÓN PENAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
FLP 050488/2017/TO01/179/1/CFC047
Casacion Prescripcion de la pena Multa Pena conjunta Ejecucion penal Art. 65 cp Art. 66 cp Ministerio publico fiscal Remitir al tribunal a quo Sin costas

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal (representante).

¿A quién se demanda?

Matías Alejandro Giménez (interés en la ejecución de la pena).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la resolución del juez de ejecución que declaró la prescripción de la pena de multa impuesta en la sentencia condenatoria.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, hizo lugar al recurso de casación interpuesto por el representante del Ministerio Público Fiscal, revocó la decisión impugnada y remitió las actuaciones al tribunal a quo. Sin costas en la instancia (arts. 530 y 531 del CPPN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El art. 65 del Código Penal establece que 'las penas se prescriben en los términos siguientes ... 4º. La de multa, a los dos años'."

"La prescripción de la pena empezará a correr desde la medianoche del día en que se notificare al reo la sentencia firme o desde el quebrantamiento de la condena, si ésta hubiese empezado a cumplirse" (art. 66 CP).

"Sin embargo, esta regla general encuentra su excepción cuando, como aquí sucede, la pena de prisión oportunamente impuesta se encuentra cumplida. Es que al haberse agotado la pena de prisión, aquella pena de multa que otrora fue parte de una sanción compleja, ha devenido -a los fines de su extinción- en una pena única, con el plazo de extinción previsto en el art. 65, inc. 4º; es decir, dos años (cfr. ... 'Alvarado, Néstor Patricio s/recurso de casación', Reg. 401/11)."

¿Cómo votaron los jueces?

el Dr. Javier Carbajo propuso rechazar el recurso de casación; sostuvo que "no asiste razón al representante del Ministerio Público Fiscal cuando demanda que el plazo de prescripción a computar sea el de la pena de prisión de 9 años y 6 meses, ya cumplida", y por ello propuso "rechazar el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público Fiscal". (Este voto quedó en minoría; la decisión del Acuerdo fue la revocatoria acordada por mayoría.)

(Se consignan los párrafos relevantes tal cual figuran en la sentencia.)

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