ACHA CLAUDIA ALEJANDRA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de su haber previsional y la declaración de inconstitucionalidad de normas aplicables. El Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº1 hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución administrativa impugnada, ordenó recalcular el haber y pagar el retroactivo dentro de 120 días hábiles y diferir para ejecución las cuestiones de inconstitucionalidad.
¿Quién es el actor?
ACHA CLAUDIA ALEJANDRA.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste del haber previsional (re-determinación de PBU, Prestación Compensatoria -PC- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), movilidad del haber y planteos de inconstitucionalidad de normas (leyes 24.463, 24.241 y otras).
¿Qué se resolvió?
Se hizo parcialmente lugar a la demanda, dejando sin efecto la resolución administrativa impugnada; se ordenó a ANSeS que abone el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; se difirió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la etapa de ejecución; el haber resultante y las sumas a favor de la actora deberán abonarse íntegramente, sin quita alguna, respetando los límites porcentuales de las leyes de fondo; se impusieron las costas a ANSeS; se diferirá la regulación de honorarios para la etapa de ejecución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El actor inició demanda contra la Administración Nacional de la Seguridad Social solicitando el reajuste de su haber previsional, en tanto la falta de movilidad y/o actualización de su beneficio, que señaló fue otorgado bajo las disposiciones de la ley 24.241, le causa una grave lesión a sus derechos amparados en la Constitución Nacional."
"En consecuencia, de acuerdo a las consideraciones expuestas y a lo peticionado por la parte actora, corresponde la aplicación de la doctrina sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a partir del caso 'Volonté' del 28/3/85 y 'Makler, Simón c/ ANSeS s/Inconstitucionalidad ley 24.463' del 20.05.03..."
"El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006."
"Se RESUELVE: 1) Hacer parcialmente lugar a la demanda interpuesta por la parte actora dejando sin efecto la resolución impugnada; 2) Ordenar a la Administración Nacional de la Seguridad Social que abone a la parte actora el haber recalculado y el retroactivo de conformidad con las pautas establecidas en el presente decisorio dentro del plazo de 120 días hábiles, a partir de que la sentencia quede firme..."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia en el expediente; la resolución adoptada es dictada por la Jueza Federal Dra. Karina Alonso Candis y es la decisión del tribunal.
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Leyes que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463Solidaridad previsional
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