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Primera Instancia

BONAHORA MIRTA GLADIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional por falta de movilidad y actualización de componentes del beneficio. El Juzgado Federal hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó recalcular el haber y pagar el retroactivo en 120 días hábiles, diferenció el tratamiento de inconstitucionalidades para ejecución y prohibió retenciones por impuesto a las ganancias sobre el haber y retroactivos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 1
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 051362/2025
Reajustes varios Pbu Pc Pap Anses Impuesto a las ganancias Inconstitucionalidad diferida Retroactivo Seguridad social Recalculo de haber

¿Quién es el actor?

Bonahora Mirta Gladis.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber previsional (redeterminación de la Prestación Básica Universal -PBU-, Prestación Compensatoria -PC- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), actualización del haber inicial por inclusión de aportes asimilados, declaración/diferimiento de inconstitucionalidades de normas (leyes 24.463, 24.241, decretos y resoluciones) y tratamiento del descuento del Impuesto a las Ganancias sobre el haber y eventuales retroactivos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo parcialmente lugar a la demanda, se dejó sin efecto la resolución impugnada y se ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme. Se difirió el tratamiento de determinadas inconstitucionalidades para la etapa de ejecución. Se dispuso que el haber resultante y las sumas a favor de la actora sean abonadas íntegramente, sin quita alguna, conforme doctrina de la CSJN, con límites legales y conforme Resolución 955/08. Se impusieron las costas a ANSES y se diferenció la regulación de honorarios para la ejecución (arts. y leyes citadas en el decisorio).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En atención a que la demandada opuso excepción de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037, conforme art. 168 de la ley 24.241, corresponde analizar la procedencia del pedido desde los dos años previos a la interposición del reclamo administrativo. El límite siempre será la fecha de adquisición del beneficio. Siendo la fecha del reclamo administrativo el 26/6/2025 ... las diferencias retroactivas lo serán desde el 26/6/2023."

"De conformidad al criterio uniforme de las tres Salas de la Exma. Cámara de Apelaciones del Fuero, la PBU habrá de ser determinada en función del guarismo que resulte de actualizar del último valor publicado del MOPRE ($80), utilizando el índice dispuesto por el Máximo Tribunal en el precedente 'Badaro', -por el período comprendido entre el 1 de enero de 2002 y 31 de diciembre de 2006-, y con posterioridad -en caso de corresponder- los aumentos generales de ley hasta la fecha de adquisición del beneficio."

"Resuelvo que, hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto ... no podrá retenerse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias a la prestación previsional de la parte actora." (este último extracto explica la prohibición de retención por Ganancias sobre el haber).

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia en el decisorio transcripto.

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