JurisprudenciaARG
Primera Instancia

RODRIGUEZ RAMON ATILIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional por falta de movilidad y la actualización de haberes. El Juzgado hizo lugar parcialmente: ordenó actualizar la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice Badaro y ordenar a ANSES su liquidación y pago si el resultado es confiscatorio, pero rechazó la actualización de la Prestación Compensatoria (PC), la Prestación Adicional por Permanencia (PAP), topes y movilidad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 8
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 007314/2026
Pbu Badaro Actualizacion de haberes Anses Prestacion compensatoria Prestacion adicional por permanencia Movilidad previsional Confiscatoriedad Intereses Costas

¿Quién es el actor?

RODRIGUEZ RAMON ATILIO.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste y actualización del haber previsional (PBU, PC, PAP), invocando inconstitucionalidad de normas (leyes 24.463, 24.241 y otras) y la ausencia de movilidad/actualización de su beneficio adquirido el 18-12-2018.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordenó la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) conforme al índice "BADARO" y que ANSES, en el plazo de 120 días, practique la actualización utilizando los índices establecidos y, si la diferencia resultare confiscatoria, abone las sumas resultantes con los intereses dispuestos. Se rechazó la demanda en cuanto a la actualización de la PC y PAP, topes de ley y movilidad; se difiere el tratamiento de ciertos artículos (art. 9 ley 24463; art. 79 ley 18037) para la etapa de ejecución. Se imponen costas por su orden y se difiere la regulación de honorarios para la ejecución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En atención a que la demandada opuso la defensa de prescripción en los términos del art. 82 de la ley 18.037, corresponde analizar la procedencia del pedido desde dos años previos a la interposición del reclamo administrativo que concluyó con la resolución que se impugna. El límite siempre será la fecha de adquisición del beneficio."

"Por lo tanto, resulta inaplicable lo dispuesto por el Alto Tribunal en el fallo 'Blanco Lucio Orlando c/Anses s/Reajustes Varios' del 18/12/2018..., toda vez que conforme sus fundamentos, se dictó en un momento donde, ni el Poder Legislativo ni la Secretaría de Seguridad Social, se habían expedido respecto a los índices de actualización... situación que se revierte con el dictado de la ley 27426..."

"Por lo expuesto se deja asentado que a los fines de evidenciar la confiscatoriedad a la que aludió la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente 'Quiroga' en relación al reajuste de la PBU corresponde efectuar en la etapa de ejecución el siguiente cálculo: PBU (reajustada) – PBU (sin reajustar) = 'X'. A ese importe 'X' se lo multiplica por 100. Dicho importe al dividirlo por el total del HABER INICIAL arroja finalmente el porcentaje % correspondiente, el cual deber ser mayor a 15 en los términos de los precedentes fijados por la Excma. C.S.J.N."

"En relación al planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27426... no surge un perjuicio concreto que permita hacer lugar a lo solicitado."

"Las diferencias que pudiesen resultar a favor del actor deberán abonársele sin merma alguna."

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia en la sentencia; la decisión es dictada por la Jueza Federal Subrogante Silvia G. Saino y el bloque dispositivo final es el que se aplica.

Leyes que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.