JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

ERHART DEL CAMPO FERNANDO MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSeS por reajustes y actualización de haberes previsionales, impugnando metodología de cálculo y otros rubros (PBU, aportes autónomos, topes). La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia, declaró inconstitucional el art. 4 de la Ley 27.609 para remuneraciones entre 31/03/1991 y 28/02/2009 y ordenó usar el índice ISBIC; diferió análisis de varios puntos para ejecución y confirmó lo demás resuelto, con costas de alzada a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 032164/2024/CA001
Reajustes Ley 27.609 Isbic Pbu Inconstitucionalidad Ley 24.241 Topes Costas de alzada Honorarios Seguridad social

¿Quién es el actor?

ERHART DEL CAMPO FERNANDO MARIA.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por reajustes varios de haberes previsionales (actualización de remuneraciones para cálculo del haber inicial, redeterminación de la Prestación Básica Universal, aplicación de topes y escalas, intereses, honorarios y costas).

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada; declaró la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 4 de la Ley 27.609 para las remuneraciones comprendidas entre el 31/03/1991 y el 28/02/2009 y ordenó utilizar el índice ISBIC que la Corte aplicó en “Elliff” y “Blanco”; diferió para la etapa de ejecución el tratamiento del precedente "Villanustre", de los arts. 9 y 25 de la Ley 24.241 y de la Ley 27.609, así como la regulación de honorarios de primera instancia; confirmó en lo demás lo resuelto por el juez de grado; impuso costas de alzada a la demandada y reguló honorarios de la actuación en alzada en el 30% de lo que se fije por primera instancia (más IVA en su caso). Se ordenó devolver las actuaciones al juzgado de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "Corresponde revocar lo decidido en la instancia anterior y declarar la inconstitucionalidad de la metodología de actualización dispuesta por el art. 4 de la Ley 27.609 para las remuneraciones que se encuentren comprendidas entre el 31/03/1991 y el 28/2/09. Ello así, deberá utilizarse a tal fin el ISBIC dispuesto por el Más Alto Tribunal de la Nación en autos “Elliff Alberto c/Anses s/Reajustes Varios” y “Blanco, Lucio Orlando c/ ANSeS s/ reajustes varios”."

2) "En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, este Tribunal considera prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución."

3) "En virtud de lo expuesto, propongo confirmar lo decidido por el Juez de grado... 5) Confirmar el pronunciamiento apelado en lo demás que decide; 6) Costas de alzada a la demandada vencida conforme la doctrina sentada por la CSJN en autos 'Morales Blanca Azucena c/ ANSeS s/ Impugnación de Acto Administrativo', Fallos: 346:634, Sentencia de fecha 22 de junio de 2023; 7) Regular los honorarios ... 8) Devolver las actuaciones al Juzgado de origen a sus efectos."

¿Cómo votaron los jueces?

No se registran votos en disidencia; los tres vocales suscriben la parte resolutiva adoptada.

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