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Tribunal Superior

Balmaceda Jorge Luis C/ Provincia de San Juan - ordinario S/ INCONSTITUCIONALIDAD

El actor interpuso recurso extraordinario federal contra la sentencia que anuló una resolución de cámara y remitió la causa para nuevo pronunciamiento sobre caducidad de segunda instancia y otros puntos procesales. La Sala Primera denegó el recurso extraordinario federal por improcedencia, al entender que la resolución recurrida carece de definitividad y que las cuestiones decididas son de derecho provincial sin incidencia federal suficiente.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Primera (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Primera
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
5574-2
Recurso extraordinario federal Caducidad de la instancia Perencion Inconstitucionalidad procesal Arbitrariedad Danos y perjuicios Derecho procesal provincial Definitividad Provincia de san juan Costas

¿Quién es el actor?

Jorge Luis Balmaceda.

¿A quién se demanda?

Provincia de San Juan (y contestó la demandada en el proceso).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

revisión de la sentencia que había admitido caducidad de la segunda instancia y el rechazo de una demanda de daños y perjuicios; en el recurso extraordinario se invocó nulidad por arbitrariedad e inconstitucionalidad procesal del artículo 282 inciso 2° del CPC y violaciones de garantías constitucionales por retardo/denegación de justicia.

¿Qué se resolvió?

Denegar el recurso extraordinario federal deducido, con costas; se consideró improcedente la vía extraordinaria porque la resolución impugnada no es definitiva y porque las cuestiones rispadas son de derecho provincial sin alcance federal suficiente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, no obstante el análisis y resolución por separado de los recursos extraordinarios correspondientes a ambas partes (Exptes. Nº 5570 y 5574) , el actor formula una crítica unívoca en ambas causas, cual si se tratara de un mismo e idéntico pronunciamiento. Ello, pese a que las partes recurrieron aspectos diversos dictado por la cámara de apelaciones. Así, del fallo en este Expte. Nº 5574 el actor se agravió de la declaración de perención de la segunda instancia, tildando de arbitraria la sentencia de la alzada por omisión de pronunciamiento..."

"Que, como una cuestión liminar, se advierte que la sentencia objeto de recurso federal, en tanto dispone admitir parcialmente el recurso de inconstitucionalidad y remitir la causa al tribunal que deba entender para que dicte nuevo fallo, carece de definitividad, resultando así improcedente el recurso deducido, teniendo al respecto decidido la Corte Suprema que la invocación de arbitrariedad y la violación de garantías constitucionales, no suple la ausencia de sentencia definitiva (Fallos, 308:1230)."

SE RESUELVE : Denegar el recurso extraordinario federal deducido, con costas. Protocolícese y notifíquese.

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