JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

C/ M.J.G. - por el delito de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de L.A.M. S/ CASACIÓN

La defensa interpuso recurso de casación contra la condena por abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una menor. La Sala Segunda rechazó el recurso y confirmó la sentencia de primera instancia por considerar que el cúmulo probatorio —especialmente los informes psicológicos y el relato de la víctima— conforma un cuadro probatorio unívoco y contundente que justifica la condena.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
7405
Abuso sexual con acceso carnal Prueba psicologica Declaracion de la victima Sana critica Ausencia de lesiones Himen complaciente Confirmacion de condena Recurso de casacion Prueba indiciaria Menores

¿Quién es el actor?

Ministerio Público / acusación (imputación contra M.J.G. según carátula) y la víctima L.A.M. como sujeto pasivo del delito.

¿A quién se demanda?

M.J.G. (imputado) defendido por la Dra. Cristina Ester Orellano (recurrida).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de casación contra la sentencia condenatoria por el delito de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de L.A.M., solicitando revisión y absolución o reclasificación por pena menos gravosa.

¿Qué se resolvió?

Rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa y confirmar la sentencia de fecha 5 de junio de 2019 dictada por la Sala Tercera de la Cámara en lo Penal y Correccional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Planteada así la cuestión e ingresando a su abordaje, debo destacar de manera previa que este Tribunal ha dejado sentado que ' ... en los delitos contra la integridad sexual los tribunales deben tener un criterio más amplio en la valoración de la prueba y ser muy cautelosos en la apreciación de la misma, sopesando hasta el más mínimo indicio, para que no queden impunes, dado que por lo general se cometen en la intimidad fuera de la vista de otras personas; en estos casos, la apreciación de las pruebas, según la regla de la sana crítica, debe admitir alguna flexibilidad (. . . ) la firme imputación por parte de la damnificada, sumada a la incorporación de indicios relevantes, resultan suficientes para tener por acreditada la comisión y participación en el hecho punible (. . . ) los dichos de la víctima debidamente interrogada, mediante un procedimiento idóneo, por personal especializado, es fundamental a los fines del proceso penal' (cfr. PRE S2 2017-IV-783)."

"En este punto, en cuanto al argumento de la recurrente, sustentado en la ausencia de lesiones y signos de violencia más allá del himen complaciente, debo recalcar que en la sentencia se explicita que el último ataque sexual se produjo en el mes de junio del año 2016, circunstancias en que el imputado accediera carnalmente por última vez a la víctima. Tomando en cuenta esa fecha y la consignada en el informe médico -5/12/17-, el resultado lógico es la ausencia de signos indicativos de ataque sexual, ello, teniendo además en consideración la cuestión del himen elástico o complaciente y las particularidades que presenta, ampliamente descriptas por el Dr. Julio Balmaceda en su testimonio de fojas 28 y vta.."

"Para ir concluyendo, todo lo antes narrado, más la prueba reseñada por el sentenciante a fojas 217 vta./232, constituyen un caudal probatorio sólido, contundente y sin fisuras, y el análisis elaborado por el a quo resulta lógico, ajustado a derecho y a las reglas de la sana crítica racional, no resultando valederos para conmover el fallo traído a revisión los agravios traídos por la recurrente, en tanto solamente importan una discrepancia con el mérito que correctamente el Tribunal de juicio formulara de las pruebas incorporadas."

(Votos de los Dres. Daniel Gustavo Olivares Yapur y Juan José Victoria se adhieren al voto principal.)

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.