JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

C/ Mérida Nestor Marcelo s. homicidio 84 C.P. - en perjuicio de Mathias Nicol Escudero S/ CASACIÓN

La defensa de Néstor Marcelo Mérida interpuso recurso de casación contra la condena por homicidio culposo (art. 84 CP) derivada de un siniestro vial. La Sala Segunda rechazó el recurso y confirmó la sentencia de 17/05/2019, entendiendo que la sentenciante valoró adecuadamente la prueba y acreditó la causalidad por la inobservancia de la señal PARE.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
7390
Homicidio culposo Casacion Siniestro vial Senal pare Prueba pericial Sana critica Confirmacion de condena Inobservancia normativa Pena condicional Inhabilitacion para conducir

¿Quién es el actor?

El Dr. Juan Bautista Bueno De la Cruz, en su carácter de defensor de Néstor Marcelo Mérida, interpone recurso de casación.

¿A quién se demanda?

Sentencia dictada por la Dra. María Mónica Lucero (Tercer Juzgado en lo Correccional) y posición del Ministerio Público Fiscal (parte recurrida en casación).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Casación de la sentencia condenatoria por el delito de homicidio culposo (art. 84 CP) con pena de dos años de prisión de ejecución condicional y cinco años de inhabilitación para conducir; invoca vicios in iudicando e in procedendo, fragmentación probatoria, exclusión de prueba y errónea aplicación de la ley sustantiva.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa y se confirmó la sentencia de fecha 17 de mayo de 2019 dictada por la Dra. María Mónica Lucero.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Cabe destacar que el a quo consideró probado que '... el día 24 de abril de 2013, aproximadamente a las 22.30 hs. se produjo un siniestro en la intersección de calle Belgrano y Ruta 20 en el Opto. de Santa Lucía. En dicha ocasión el acusado, Néstor Marcelo Mérida conducía un Renault Logan y circulaba por calle Belgrano dirección Norte-Sur, en tanto la víctima, Mathias Nicol Escudero, lo hacía por Ruta 20 hacia el Oeste. Al llegar al cruce de ambas arterias se produjo una colisión entre los rodados mencionados dado que el acusado incumplió su obligación de detenerse completamente antes de iniciar el cruce, obligación dada por la señalización existente en el lugar con el cartel de "PARE". Como resultado de dicha colisión, Escudero perdió la vida en el mismo lugar'."

"Tras el análisis de todo lo actuado en el expediente, estimo que el razonamiento efectuado por la sentenciante resulta lógico y fundado, realizado al amparo de la sana crítica racional y lejos de cualquier atisbo de arbitrariedad, en tanto no observo la exclusión de prueba dirimente ni fragmentación de la misma, razones que me conducen a propiciar el rechazo de los agravios formulados en relación a la nulidad del fallo por carencia de motivación o congruencia."

"La causa primigenia y desencadenante del luctuoso accidente que terminara con la vida de Mathias Nicol Escudero, resultó ser la inobservancia del cartel de 'PARE' por parte de Mérida y el incumplimiento de dicha contundente señal, en tanto que si hubiera respetado dicha indicación, sin duda alguna que otro hubiera sido el resultado."

¿Cómo votaron los jueces?

El voto del Sr. Ministro Dr. Juan José Victoria contiene el desarrollo principal; los Dres. Daniel Gustavo Olivares Yapur y Adriana Verónica García Nieto adhirieron, conformando la mayoría que resolvió confirmar la sentencia apelada.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.