González Marcelo Sebastián C/ Libertad S.A. - apelación de sentencia S/ INCONSTITUCIONALIDAD Y CASACIÓN
El actor demandó por despido discriminatorio vinculado a su condición de trasplantado y reclamó indemnización. La Corte provincial rechazó los recursos de inconstitucionalidad y casación, entendiendo que la valoración probatoria del tribunal de alzada no fue absurda y que el actor no acreditó prima facie la existencia de discriminación.
¿Quién es el actor?
Marcelo Sebastián González, trabajador de Libertad S.A. (trasplantado renal desde 2007).
¿A quién se demanda?
Libertad S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reparaciones indemnizatorias por despido discriminatorio en razón de su condición de trasplantado; se invocó la ley 26.928 y normas antidiscriminatorias.
¿Qué se resolvió?
La Corte rechazó los recursos de inconstitucionalidad y casación interpuestos por el actor, confirmó la valoración de la prueba realizada por el tribunal de apelaciones y ordenó imponer las costas en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El estándar de la Corte se resume de esta manera: 1) quien alega que
una actitud se basa en motivos discriminatorios, debe demostrar a primera
vista esa discriminación; 2) demostrado el punto, la otra parte tiene la carga
de probar en contrario; 3) cuando lo que se denuncia como discriminatorio
es un despido, la patronal debe: a) si el despido fue realizado con invocación
de causa, acreditar que dicha causa razonablemente se ha configurado; b) si
el despido fue incausado, probar que el distracto se dispuso por cualquier
motivo ajeno a la discriminación."
"Todas estas consideraciones conducen al rechazo de los recursos planteados, por razones que pueden resumirse de esta manera: 1) La manera en
que el a quo ha valorado la prueba no es arbitraria, por lo que no es función
de este Tribunal reeditar dicha valoración. 2) Incluso si el Tribunal asumiera
en esta instancia la tarea de evaluar la prueba según el estándar de la Corte
Suprema de Justicia de la Nación al que se ha aludido, el actor no ha demostrado prima facie que su condición de trasplantado fuese el motivo oculto
del despido; esto a su vez, implica que la carga de la prueba no se traslada
al demandado. 3) En todo caso, de la prueba producida por este surgen indi-
cios que permiten inferir que el despido obedeció a motivos no discriminatorios."
"el Tribunal RESUELVE: 1) Rechazar los recursos de inconstitucionalidad y casación. 11) Imponer las costas de esta instancia en el orden causado. 111) Ordenar que se protocolice la presente, que se agregue copia al expediente y a los autos principales y que estos bajen al tribunal de origen. Notifíquese y oportunamente archívese."
¿Cómo votaron los jueces?
Los tres magistrados integraron la mayoría (Dra. Adriana Verónica García Nieto; Dres. Daniel Gustavo Olivares Yapur y Juan José Victoria) y adhirieron a los fundamentos transcritos. No consta disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 26.928Trasplantes
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