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Tribunal Superior

Temiño Norma Angela C/ Mercedario Tele S.R.L. - apelación de sentencia - S/ INCONSTITUCIONALIDAD Y CASACIÓN

La demandada interpuso recursos de inconstitucionalidad y de casación contra la sentencia laboral que hizo lugar a la mayoría de los rubros por despido. La Corte provincial hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad, anuló la resolución de la Cámara y remitió los autos al a quo para que reenvíe a un tribunal subrogante a fin de que vuelva a juzgar la apelación; declaró abstracto el recurso de casación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
7273
Trabajo Despido Recurso de inconstitucionalidad Casacion abstracta Arbitrariedad Apelacion No contestacion de demanda Tutela judicial efectiva Remision a tribunal subrogante Costas

¿Quién es el actor?

Temiño, Norma Ángela (actora/trabajadora).

¿A quién se demanda?

Mercedario Tele S.R.L. (empleadora / apelante).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamos derivados de despido (indemnizaciones, diferencias salariales y demás rubros laborales), con apelación de sentencia por la demandada en contra de la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la mayoría de los reclamos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la demandada; se anuló la sentencia impugnada de la Cámara de Apelaciones del Trabajo y se remitieron los autos al tribunal de origen para que, previo conocimiento, reenvíe los autos a un tribunal subrogante para que juzgue nuevamente la apelación de la parte demandada. Se declaró abstracto el recurso de casación y se impusieron las costas de la instancia a la actora vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la arbitrariedad se concreta cuando la alzada, con el argumento de la no contestación de demanda y la inasistencia a la audiencia confesional, omite atender las críticas vertidas en la apelación que de ningún modo importaban retrotraer el proceso a una etapa anterior."

"Téngase en consideración que la apelación es un recurso ordinario que impone a la cámara reexaminar y resolver 'las cuestiones de hecho y derecho sometidas a la decisión del juez de primera instancia que hubieren sido materia de agravios' (art. 262, CPC), motivo por el cual correspondía realizar una nueva valoración de las pruebas rendidas y meritar -a propuesta de la apelante- la calificación jurídica del vínculo laboral; ya fuera para confirmar, revocar o modificar la sentencia de origen."

"De tal suerte, la no contestación de la demanda no basta para hacer prosperar automáticamente todos los rubros reclamados, ya que éstos pueden ser jurídicamente inadmisibles o no tener sustentación suficiente para acogerlos (arts.164, inciso 5 y 6, CPC; por remisión, art.161, CPL). ... Así, la arbitrariedad se concreta cuando la alzada, con el argumento de la no contestación de demanda y la inasistencia a la audiencia confesional, omite atender las críticas vertidas en la apelación que de ningún modo importaban retrotraer el proceso a una etapa anterior."

¿Cómo votaron los jueces?

consideró que la alzada omitió la individualización, tratamiento y decisión de los agravios de la accionada, configurando ausencia de análisis que afecta el derecho de defensa y constituye un supuesto de arbitrariedad.

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