Maratta Javier Alberto C/ Sena.r S.R.L. - apelación de sentencia - S/ INCONSTITUCIONALIDAD Y CASACIÓN
El actor reclamó la indemnización prevista en el artículo 80 LCT por falta de entrega completa de la certificación de aportes y contribuciones. La Corte provincial hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad, declaró la sentencia de Cámara arbitraria por omisión de pronunciamiento respecto de los aportes sindicales, la anuló y restituyó las actuaciones para que se pronuncie el tribunal que reemplace al anterior.
¿Quién es el actor?
Maratta Javier Alberto.
¿A quién se demanda?
Senar S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo laboral por indemnización prevista en el art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo (multa equivalente a tres veces la mejor remuneración) por presunta falta o entrega insuficiente del certificado de trabajo y certificación de aportes y contribuciones (incluidos aportes sindicales).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad, se declaró arbitraria la sentencia de la Cámara (anulándola por omisión en el pronunciamiento sobre los aportes sindicales), se restituyeron las actuaciones al tribunal de origen para que el tribunal que lo reemplace dicte resolución sobre lo pertinente; se declaró abstracto el recurso de casación; se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios. Votación unánime (3-0).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No haberlo hecho respecto a ese planteo recursivo, resulta vulneratorio del derecho constitucional al debido proceso y de defensa en juicio (arts. 22 y 33 de la Constitución Provincial y 18 de la Constitución Nacional) en perjuicio de la recurrente, porque tal garantía se concreta pudiendo formular y tramitar una pretensión en sede judicial, pero también obteniendo un pronunciamiento o decisión jurisdiccional al respecto (autos 6699 PRE S1 2018-1-118 y sus citas), y en este caso no se emitió resolución sobre dicho tema."
"La resolución de Cámara aborda la cuestión de la multa del artículo 80 ... que la empleadora '... hizo entrega al trabajador del certificado de trabajo y de las constancias de las remuneraciones y de los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social'. Nada dijo la sentencia de Cámara respecto a los aportes 'sindicales'... Omisión de pronunciamiento que resulta injustificada porque éstos son distintos de los primeros (la misma normativa los menciona individualmente)."
"Habiendo quedado establecido que la sentencia de Cámara incurrió en arbitrariedad por omisión de pronunciarse sobre lo relacionado con la certificación documentada de los aportes sindicales (aunque se le había pedido en la apelación), y dependiendo de ello lo relativo a la procedencia o no de la multa referida respecto a ese rubro, corresponde admitir el recurso de inconstitucionalidad, declarando que la sentencia de Cámara ha vulnerado así los derechos de defensa y al debido proceso de la actora apelante, por lo cual se revoca el punto 'I' de su parte resolutiva..."
Además, se transcribe el dispositivo final:
"el Tribunal RESUELVE: 1) Acoger el recurso de inconstitucionalidad conforme a las consideraciones que anteceden, anular por arbitrariedad la sentencia recurrida y restituir las actuaciones al Tribunal emisor de la misma, para su reenvío al que deba reemplazarlo en el dictado de resolución sobre lo pertinente como consecuencia de la anulación aquí decidida. 2) Declarar abstracto el pronunciamiento sobre el recurso de casación, el que por tal motivo no se emite. 3) Imponer las costas de todas las instancias a la demandada y diferir la regulación de honorarios... Notifíquese y oportunamente sean archivadas estas actuaciones."
¿Cómo votaron los jueces?
Voto del Dr. Juan José E. Victoria, acompañado por la Dra. Adriana Verónica García Nieto y el Dr. Daniel Gustavo Olivares Yapur (adhieren). Decisión por unanimidad.
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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