Parra, Amalia Beatriz C/ Ridao, Miguel y otra- Escrituración S/ INCONSTITUCIONALIDAD Y CASACIÓN
La actora promovió acción de escrituración contra los demandados por boleto de compraventa. La Corte hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad planteado por la demandada, declaró impedida a la Sala para resolver por vía casatoria (art. 17 in fine LP 59-0), anuló in totum la sentencia recurrida y devolvió la causa para nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Amalia Beatriz Parra (actora).
¿A quién se demanda?
Miguel A. Ridao y Nery Elena Robles (demandados).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Escrituración del inmueble sobre la base de un boleto de compraventa y poder especial irrevocable.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el pedido de revisión del auto de admisión formal por la actora; se hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad de la demandada, se declaró que el Tribunal se encuentra impedido de pronunciarse por vía casatoria (art. 17 in fine LP 59-0), se anuló in totum la sentencia recurrida y se devolvió la causa al tribunal de origen para que, previo conocimiento, la remita al tribunal que corresponda a fin de que dicte nuevo fallo. Se impusieron las costas a la actora (según voto).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En los términos supra descriptos, el decisorio impugnado lesiona el derecho de defensa de la accionada hoy recurrente: al no atender un planteo vinculado al tema en discusión, el que -sin emitir juicio alguno sobre su procedencia- resultaría potencialmente eficaz para enervar la viabilidad de la acción de escrituración, por lo que necesariamente debió ser considerado por la alzada."
"Que resulta entonces imperativo, para decidir la viabilidad o no de la acción, que la cámara de apelaciones se pronuncie fijando la cuestión de hecho que, a su criterio resulte válida para, sobre su base, resolver el fondo de la acción de escrituración."
Parte resolutiva final (transcripta textualmente): "El Tribunal RESUELVE: 1) Rechazar el pedido de revisión del auto de admisión formal formalizado por la parte actora. 11) Hacer lugar al recurso de inconstitucionalidad planteado por la parte demandada y declarar que el Tribunal se encuentra impedido de pronunciarse por vía casatoria (art. 17 in fine LP 59-0), con costas. En consecuencia, anular in totum la sentencia recurrida y devolver la causa al tribunal de origen para que, previo conocimiento, la remita al que deba entender a fin que dicte nuevo fallo con arreglo al presente."
¿Cómo votaron los jueces?
Los Dres. De Sanctis, Lima y Olivares Yapur votaron en el mismo sentido; no se registran disidencias relevantes.
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