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Tribunal Superior

C/ Favio Flores Javier Nahin y otra s. hurto simple - Art.162 del C.P. S/ CASACIÓN

El Ministerio Público Fiscal interpuso recurso de casación contra la condena por hurto simple impuesta a Favio Flores Javier Nahin. La Corte de San Juan rechazó el recurso y confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, por resultar autor penalmente responsable del delito de hurto (art. 162 CP).

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
7436
Casacion Hurto simple Art. 162 cp Condena Prision efectiva Unificacion de penas Condicionalidad Plenario vinculante Rechazo de recurso Corte de san juan

¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal, representado por el Sr. Fiscal Gabriel Adrián Riveros (U.F.I. Nº 3), en calidad de recurrente en casación.

¿A quién se demanda?

Favio Flores Javier Nahin (condenado en autos).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se haga lugar al recurso de casación y, en consecuencia, se revoque la sentencia de fecha 18/09/2019 dictada por el juez del procedimiento especial de flagrancia; se pedía, entre otras pretensiones, la revocación de la condicionalidad de pena previa y la unificación de condenas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de casación en todos sus términos y se confirmó la sentencia del juez de flagrancia de fecha 18/09/2019 que condenó a Favio Flores Javier Nahin a seis meses de prisión de cumplimiento efectivo por hurto (art. 162 CP). No se hizo lugar a la petición de revocación de la condicionalidad de la pena impuesta en la Carpeta Judicial Nº 1304 y se rechazó la unificación de condenas solicitada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Atento la interpretación de la ley y doctrina sentada, de modo vinculante y obligatorio (cfr. artículos 18 de la ley Nº 358-0 y 209 de la Constitución Provincial), en el pronunciamiento plenario Expediente Nº 107 caratulado 'Acuerdo Plenario Convocado en Expte. Nº 7.436 c/ Favio Flores Javier Nahin y otra, por hurto simple - Casación', cuya copia se encuentra glosada a presentes actuaciones, corresponde rechazar en todos sus términos el recurso de casación interpuesto por el señor fiscal Dr. Gabriel Adrián Riveros, en ejercicio de la U.F.I. Nº 3, confirmándose la sentencia dictada por el señor juez del procedimiento especial de flagrancia, Dr. Carlos Alberto Lima, en fecha 18 de septiembre de 2.019, en cuanto dispuso condenar a Favio Flores Javier Nahin a sufrir la pena de seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, por resultar autor penalmente responsable del delito Hurto (artículo 162 del Código Penal), en perjuicio de Leandro Patricio Marín; no haciéndose lugar a la petición efectuada por el Ministerio Público Fiscal de revocación de la condicionalidad de la pena de prisión impuesta en la Carpeta Judicial Nº 1304, y rechazándose, consecuentemente, la unificación de condenas solicitada."

"Sin perjuicio de mi postura particular en dicha convocatoria plenaria, cabe resaltar que en tal acuerdo se estableció por mayoría, como jurisprudencia de aplicación obligatoria, que 'No es posible jurídicamente la unificación de una condena de ejecución condicional con otra sentencia condenatoria de cumplimiento efectivo, cuando este segundo fallo (el que impone pena efectiva) tiene origen en un hecho ilícito de fecha anterior y no se da respecto de la primera (la que impone pena condicional) la hipótesis prevista en la segunda frase del primer párrafo del artículo 27 del Código Penal (es decir, la comisión de un nuevo delito posterior). O, lo que es lo mismo, no procede la unificación de penas de distinta modalidad ejecutiva, si no se trata del supuesto previsto por el artículo 27, al final de su primer párrafo, del Código Penal.'"

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Daniel Gustavo Olivares Yapur (voto que integra el acuerdo mayoritario), la Dra. Adriana Verónica García Nieto (adhesión) y el Dr. Juan José E. Victoria (adhesión pese a su posición particular) conforman la mayoría que decide confirmar y rechazar el recurso conforme al dispositivo final.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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