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Tribunal Superior

C/ L.C.O. por abuso sexual gravemente ultrajante agravado por haber sido cometido por ascendiente, encargado de la guarda y aprovechando la situación de preexistente …S/ CASACIÓN

La defensa de L.C.O. interpuso recurso de casación contra la condena por abuso sexual agravado con acceso carnal contra dos menores. La Sala Segunda rechazó el recurso y confirmó en todos sus términos la sentencia condenatoria del 23/09/2021, sosteniendo la correcta valoración probatoria del tribunal de mérito y la ausencia de grosero error o arbitrariedad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
7940
Abuso sexual Casacion Prueba testimonial de menor Congruencia Guarda Coito vestibular Valoracion probatoria Confirmacion de condena Sentencia 23/09/2021 Repeticion judicial

¿Quién es el actor?

L.C.O., por intermedio de su defensa (Dra. Sandra Lorena Lev).

¿A quién se demanda?

Sentencia dictada por la Sala Primera de la Cámara Penal (tribunal unipersonal Dr. Martín Heredia Zaldo) y, en sede de casación, la Corte (Sala Segunda) actúa de instancia revisora; actúa también la Fiscalía General que se opuso al recurso.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se pidió la casación de la condena por los delitos de "abuso sexual con acceso carnal agravado ... en forma continuada" en perjuicio de J.G.P. y P.M.P.; se solicitó la absolución o, subsidiariamente, la recalificación y reducción de la pena por supuestos vicios probatorios, nulidades y violaciones del debido proceso y del principio de congruencia.

¿Qué se resolvió?

Se desestimó el recurso de casación y se confirmó en todos sus términos la condena dictada el 23 de septiembre de 2021.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Se trascriben párrafos relevantes del fallo (texto original):

"Es función primordial y específica de los tribunales de mérito el apreciar las pruebas rendidas en su presencia a fin de arribar a un determinado pronunciamiento, ya que existen determinadas situaciones (entre las que cabe destacar, la inmediatez, oralidad , percepción gestual, determinación u ordenamiento de medidas, posibilidades de interrogación , focalización en determinados aspectos , apreciación de cuestiones adyacentes y de entorno, análisis global del cuadro probatorio, etcétera) que solamente se registran ante sus ojos y otorgan una condición privilegiada y única dentro del proceso penal; cuestiones que no existen en esta sede revisora donde el control es más ... el tribunal de casación no está en condiciones de apreciar su eficacia ... salvo supuestos de ostensible y manifiesta arbitrariedad."

"En relación al testimonio del niño víctima, en esta sede se tiene dicho que, debe presumirse válido y creíble hasta que se demuestre lo contrario, siempre y cuando su edad y madurez permitan que proporcione testimonio comprensible, con o sin el uso de ayudas de comunicación u otro tipo de asistencia. Esta presunción relativa de credibilidad, por sí misma, no confronta con la presunción de inocencia del imputado ... si el relato del niño ha sido objeto de prueba técnica ... y la opinión del profesional especializado conduce a confirmar la presunción de veracidad, no se puede sustituir la apreciación técnica por una valoración propia ..."

"Estoy plenamente convencido, por así haberlo chequeado, que la sentencia dictada en contra de L.C.O. se sostiene -con las salvedades de flexibilidad apuntadas, por tratarse de hechos acontecidos en la más absoluta intimidad- sobre una diversidad de probanzas que no es posible obviar, habiendo el camarista Dr. Martín Heredia laido ... explicitado pormenorizada y razonadamente los argumentos de su sincero convencimiento por la conclusión condenatoria ..."

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Guillermo Horacio De Sanctis emitió el voto que expone los fundamentos; la Dra. Adriana Verónica García Nieto y el Dr. Marcelo Jorge Lima adhirieron al voto precedente. No hay disidencia.

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