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Tribunal Superior

C/ C.G. S Abuso sexual con acceso carnal etcétera S/ REVISIÓN DE SENTENCIA FIRME

Petición de revisión de sentencia firme por condena por abuso sexual con acceso carnal. La Corte rechazó el planteo de revisión por ser improcedente y remarcó el carácter excepcional y restrictivo del remedio previsto en el Código Procesal Penal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
8076
Revision de sentencia firme Rechazo Abuso sexual con acceso carnal Improcedencia Excepcionalidad Articulos 551 cpp Pruebas Cosa juzgada Pericia Archivo

¿Quién es el actor?

La Dra. Fabiana Castro Godoy y el ciudadano Raúl G.R.C.G. (peticionantes de la revisión), junto con mención a Gastón C. (actor inicial del expediente).

¿A quién se demanda?

La sentencia condenatoria firme dictada en el proceso por abuso sexual con acceso carnal (la revisión se dirige contra la resolución condenatoria firme).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de sentencia firme; recepción de pruebas adicionales (testimonio del procesado, pericia psicológica, revisión de cámaras de seguridad, pericia lomoteca INK) y que se revoque el fallo condenatorio y se disponga reparación.

¿Qué se resolvió?

Rechazar el planteo de revisión formulado por los peticionantes y ordenar protocolización, notificación y archivo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la pretensión ejercida resulta totalmente extraña a las previsiones de los artículos 551 y concordantes del Código Procesal Penal (ley N° 1.851-0), en cuanto regulan el recurso extraordinario de revisión contra una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada."

"Se tiene establecido el carácter excepcionalísimo del mentado remedio procedimental, como también la limitación de sus motivos de procedencia específicos e inextensibles, debiendo las disposiciones ser interpretadas en forma especialmente restrictiva (cfr. PRE S2 2019-1...187)."

Parte resolutiva final (texto transcripto): "RESUELVE: 1) Rechazar planteo de revisión ... Rechazar de modo liminar el planteo de revisión ... por ser inas..." (sic en el original). "2) Protocolícese, notifíquese y archívese."

Nota sobre votos: la parte dispositiva final es la que manda; no consta en el fragmento voto mayoritario distinto al texto resolutorio.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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