C/ V.R.S. por amenazas en perjuicio de T.G. S/ CASACIÓN
El defensor interpuso recurso de casación contra la condena por el delito de amenazas. La Sala Segunda de la Corte de Justicia confirmó la sentencia de fecha 14/06/2022, rechazando el recurso por entender que la valoración de la prueba del tribunal de mérito no incurre en arbitrariedad ni en error grosero.
¿Quién es el actor?
Dr. Carlos Alberto Reilaba en su carácter de defensor del penado V.R.S.
¿A quién se demanda?
Sentencia dictada por la Sra. Jueza titular del Segundo Juzgado Correccional, Dra. Ana Carolina Parra (impugnada ante la Sala Segunda de la Corte de Justicia).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Casación de la sentencia condenatoria de fecha 14 de junio de 2022 por el delito de amenazas; se impugna, en esencia, la valoración de la prueba y la fundamentación por supuesta insuficiente motivación y omisión en el tratamiento de planteos defensivos.
¿Qué se resolvió?
Se desestimó el recurso de casación y se confirmó la condena; se rechazaron los agravios por no advertirse error de derecho o arbitrariedad en la sentencia recurrida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la posibilidad de apreciar de un modo pleno e integral- si la prueba rendida en la causa resulta suficiente para generar el estado de certeza que posibilite arribar a un pronunciamiento de condena, es de incumbencia del tribunal de mérito, que es ante quien se ha desarrollado todo el cuadro probatorio, quedando reservada a esta instancia el control de las constancias escritas -es decir, todo aquello que no queda atrapado por la inmediación y la oralidad- y del juicio de logicidad, que permitirá verificar si ha sido correcta la relación entre las premisas sentadas y la conclusión que se infiere de ellas."
"cuando la sentencia resulta fundada y contenga un razonamiento lógico y no surja un flagrante y grosero error, por más que el fundamento pueda no compartirse, ello no autoriza a anularla por arbitrariedad ..."
Descripción fáctica valorada por el tribunal: "el día 29 de marzo de 2019 aproximadamente a las 23:40 hs. ... se acercó hasta el dormitorio, donde se encontraba ... poniéndolo ... de forma brusca con ... se agresivo la amenazó diciéndole 'yo me voy a ir pero no solo', mientras le apretaba el cuello, y le decía que la iba a matar, que era su último día..." (relato tomado de la denuncia y declaraciones de la damnificada y de testigos y policías que observaron a la víctima asustada).
Conclusión del Tribunal: tras el análisis global de las pruebas e indicios, "se desprende sin mayor esfuerzo la existencia de un cúmulo de pruebas e indicios cuyo análisis global y lógico generan el estado de certeza suficiente y necesaria para sostener la condena impuesta".
¿Cómo votaron los jueces?
El voto del Dr. Guillermo Horacio De Sanctis contiene la proposición; la Sra. Ministra Adriana Verónica García Nieto y el Dr. Marcelo Jorge Lima adhieren al mismo; el bloque dispositivo final dispone el rechazo del recurso (decisión de la mayoría).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.