C / Orrego Julio Antonio s / Abuso Sexual Agravado en perjuicio de N.D.E. representada por G.R.L. S/ RECURSO DE REVISIÓN
El defensor solicitó la revisión de la sentencia condenatoria por abuso sexual agravado contra Julio Antonio Orrego. La Sala Segunda desestimó el recurso extraordinario por considerar que el recurso de revisión es excepcional y no se acreditaron circunstancias extrínsecas que justifiquen revocar la sentencia firme, preservando la seguridad jurídica y la cosa juzgada.
¿Quién es el actor?
Dr. Juan Javier Cámpora Sinn, en su carácter de defensor de Julio Antonio Orrego, promovió el recurso de revisión.
¿A quién se demanda?
Contra la sentencia firme dictada en contra del condenado Julio Antonio Orrego (por abuso sexual agravado en perjuicio de N.D.E.).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión y revocación de la sentencia definitiva condenatoria (fecha de condena 16/09/2022) y pedido de absolución e inmediata libertad, por supuestas nulidades y vulneraciones en la tramitación (entre ellas la incorporación de audiencias de Cámara Gesell sin presencia del defensor y ausencia de contra-interrogatorio).
¿Qué se resolvió?
Se desestimó el planteo de revisión; se rechazó el recurso extraordinario por no acreditar las causales taxativas del artículo 551 del Código Procesal Penal y por primar la seguridad jurídica y la cosa juzgada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la Sala Segunda de la Corte de Justicia tiene sentado de modo invariable que el recurso de revisión es un remedio procesal de excepción por el cual se hace lugar a una pretensión impugnativa dirigida contra una sentencia firme cuando circunstancias extrínsecas al proceso, que no pudieron ser consideradas en el mismo, tornen a la misma manifiestamente injusta."
"Cabe resaltar el carácter extraordinario y excepcionalísimo del recurso, dado que, de prosperar, priva de efectos a una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Y es por ello también la limitación de sus motivos de procedencia que son específicos e inextensibles, debiendo las disposiciones legales que lo rigen ser interpretadas en forma especialmente restrictiva."
"En puridad, las audiencias de Cámara Gesell, como anticipos jurisdiccionales, que se desarrollaron en el legajo fiscal Nº 02941/21 tramitado contra Julio Antonio Orrego, no han sido declaradas falsas en un fallo posterior irrevocable (repárese que el supuesto legal ineludible exige la existencia de una declaración judicial respecto de la comisión de un hecho ilícito sobre la naturaleza falsa de la prueba)."
"La cosa juzgada, como institución jurídico procesal ... es una exigencia de los principios constitucionales de seguridad jurídica y tutela judicial efectiva. Significa firmeza y consiguiente irrevocabilidad del pronunciamiento penal sobre el fondo, impidiendo toda exploración del trámite por el cual se llegó a esa sentencia; aun en lo que atañe a las nulidades absolutas, salvo el caso de hechos que permitan válidamente la revisión de la condena."
Parte resolutiva final (dispositivo): "1) Desestimar el planteo de revisión efectuado por el Dr. Juan Javier Cámpora Sinn, en su calidad de defensa ... del condenado Julio Antonio Orrego ... II) Protocolícese, notifíquese, comuníquese a la Oficina Judicial."
(No consta voto en disidencia en el texto proporcionado).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.