JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

CONS PROP EDIF ALVARADO 1641/45 C/ RAMIREZ KARINA BEATRIZ SUCESORA DE EDUARDO ADALBERTO RAMÍREZ S/ COBRO EJECUTIVO DE EXPENSAS

El Consorcio promovió ejecución por cobro de expensas contra el titular registral de la unidad funcional (Unidad Funcional n.º 3). La Cámara revocó la resolución de grado y declaró la nulidad de la demanda y de todos los actos procesales no independientes por haberse demandado a una persona fallecida, con imposición de costas al ejecutante.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA DE APELACION EN LO CIVIL Y COMERCIAL SALA III - MAR DEL PLATA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
187149
Ejecucion de expensas Nulidad absoluta Demanda contra persona fallecida Indefension Notificacion invalida Costas al ejecutante Revocatoria Sucesores Unidad funcional n.? 3 Art. 387 cciv.ycom.

¿Quién es el actor?

Consorcio de Propietarios Edificio Alvarado 1641/45.

¿A quién se demanda?

Sr. Eduardo Adalberto Ramírez.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por cobro de expensas adeudadas al 31/10/2021 respecto de la 16ª parte del espacio de cocheras (Unidad Funcional n.º 3) del inmueble sito en Alvarado n.º 1645, promovida el 30/12/2021.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la resolución apelada y declaró la nulidad de la demanda y de todos los actos procesales dictados en consecuencia que no sean independientes, con costas al ejecutante; impuso las costas de alzada al ejecutante y diferió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"A partir de lo anterior, queda evidenciado que el sujeto pasivo de la relación jurídica procesal no existía cuando se incoó la presente acción, dado que el Sr. Ramírez falleció con fecha 5 de julio de 2009 (vid. el certificado de defunción adjunto a la presentación del 19/03/2026)."

"Por lo tanto, el anoticiamiento dirigido al Sr. Ramírez no puede considerarse válido, puesto que no estaba vivo. Incluso, el ejecutado había fallecido antes de la fecha de confección del título ejecutivo agregado a la demanda de fecha 30/12/2021 (arts. 93 y 96, CCiv.yCom.)."

"En ese contexto, considero que el planteo de nulidad es admisible en la medida en que el sujeto pasivo de la relación jurídica procesal no existía al tiempo de la iniciación de la demanda. Ello responde a que, con la muerte, se produce la extinción de la persona física, quien a partir de ese momento pierde su condición de sujeto de derecho..."

"Es dable remarcar, entonces, que la nulidad que aquí corresponde admitir trasciende el ámbito de las nulidades procesales y se inserta en la órbita de las nulidades absolutas de los actos jurídicos, cuya convalidación o confirmación no es jurídicamente posible (art. 387, CCiv.yCom.)."

"Consecuentemente, al revelarse el fallecimiento del Sr. Eduardo Adalberto Ramírez y su acaecimiento con anterioridad a la iniciación del juicio, se aprecia fundada la crítica de la recurrente, en tanto correspondió declarar la nulidad de los actos cumplidos, sin perjuicio de la posibilidad de la actora de reiniciar el proceso contra los sucesores del titular registral del inmueble..."

Bloque dispositivo final (texto reproducido tal cual el tribunal lo resolvió):

"Por los fundamentos expuestos en el precedente acuerdo, se resuelve: I) Revocar la resolución apelada y, en consecuencia, declarar la nulidad de la demanda y de todos los actos procesales dictados en consecuencia que no sean independientes, con costas al ejecutante; II) Imponer las costas de alzada al ejecutante; III) Diferir la regulación de los honorarios para su oportunidad (art. 51, ley 14.967); IV) REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE en los términos del art. 10 del Anexo I -«Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos»- del Ac. 4039/21 de la SCBA). Oportunamente, devuélvase."

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.